Cuestionan imputación a directivos de Protek y fiscala ratifica su pedido

La defensa de José Joaquín Castillo y Luis Fernando Fretes, directivos de la empresa Monital, del grupo Protek, cuestiona la imputación de la fiscala Teresa Ruiz Díaz, quien alegó que los guardias que dispararon y mataron al joven Mauricio Benítez tras una irregular persecución no tenían permiso para portar armas de fuego. La agente argumentó su pedido a la justicia.

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La fiscala Ruiz Díaz explicó ayer los alcances de la ampliación de su imputación contra Castillo, gerente general, y Fretes Schinini, director general de la firma.

La agente dijo que Monital nunca gestionó los permisos para portación de armas de sus guardias, sino quitó como empresa por lo que se configura el artículo 94, inciso d, que establece una pena de 5 a 15 años de cárcel para los que presten armas de fuego a terceros, sin informar a la autoridad respectiva.

Ruiz Díaz fue recusada por el abogado Gustavo González Planás, representante de los guardias imputados por homicidio doloso Julián Benítez Ojeda y Óscar Tomás Blanco. Esta mañana recibirá la carpeta el fiscal Jorge Noguera.

González Planás, en una visita a ABC, indicó que para sus clientes también se amplió la imputación por producción de riesgos, establecido en la ley de armas. Respecto a la imputación de los directivos de Protek, la catalogó de totalmente violatoria del principio de legalidad.

El profesional indicó que llamativamente la fiscala Ruiz Díaz utilizó el inciso “d” de la Ley 5424/15 (modificatoria de la Ley de Armas) para que el hecho punible sea crimen por la expectativa de pena de 5 a 10 años de cárcel y no se puedan pedir medidas alternativas a la prisión.

El abogado asegura que la representante del Ministerio Público encuadró el tipo penal de forma totalmente irregular, debido a que el artículo en cuestión se refiere a los casos en que una persona presta un arma de fuego o permite su utilización por “terceros” sin autorización de la autoridad competente, siendo que los dos guardias forman parte de Protek, que habilitó las armas de fuego en la Dimabel.

“Viola directamente el principio de legalidad, es inexplicable jurídicamente por qué imputó. No encuadra el tipo penal porque la imputación es por un supuesto ‘préstamo’ de arma a tercero, hecho que no sucedió debido a que es la misma persona jurídica que tiene autorización de la Dimabel y actúa a través de sus órganos, que son los guardias, gerentes, funcionarios de la empresa”, dijo el letrado.

La defensa, además de recusar a Ruiz Díaz, recusó al juez penal de garantías Óscar Delgado, porque supuestamente no iba a analizar la imputación e iba a decretar la prisión preventiva. De manera interina interviene Rosarito Montanía y la defensa pretende que se devuelva la imputación a fiscalía.

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