Narváez manifestó que para que exista lesión de confianza, la persona tiene que estar obligada por ley, resolución administrativa o contrato a proteger el patrimonio de la entidad, que administra. “Sin embargo, en este caso, la querella (que presentó a la Fundación Kolpin Paraguay, a través de su director ejecutivo, Olaf Brandenstein) no presentó ningún contrato que obliga a mi defendida. Esto es una grave falencia y no puede ser ignorada por los jueces”, dijo.
El letrado insistió en que no se probó la existencia del hecho punible de lesión de confianza y que los jueces no pueden soslayar este hecho. “No absolver a mi defendida sería violentar sus derechos y el Tribunal estaría violando la Constitución y las leyes”, añadió.
El abogado refirió que Fuzellier fue despedida de la fundación luego de denunciar hechos de corrupción ante Kolpin Alemania, el gobierno alemán y ante el Vaticano. “Luego de tres años de su destitución (2013), Olaf Brandenstein, su sucesor y operador de la destitución de mi cliente, presentó una denuncia ante fiscalía en su contra”, acotó.
El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Lilian Flores, Alicia Orrego y Hugo Segovia, dará a conocer su fallo esta mañana.
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