El abogado querellante Miguel Ángel Gavilán recusó ayer al juez penal de garantías de Luque, Nelson Romero Rodríguez, porque, ex profeso, dilata la imposición de medidas cautelares al futbolista, para quien la Fiscalía solicitó prisión preventiva.
Gavilán sostiene que el magistrado, en vez de convocar a la audiencia de imposición de medidas y abrir proceso, solicitó que la Fiscalía le remita la carpeta fiscal de investigación.
“Con una flagrante parcialidad, el magistrado pretende cumplir funciones de la defensa técnica del imputado, sin que esta ni siquiera lo haya solicitado, y consecuentemente, ha suspendido sine die la audiencia de imposición de medidas”, acusó.
Por su parte, el abogado defensor, Julio Scarone, prefirió no dar su versión sobre el hecho de violencia que se le atribuye a Domínguez. Se limitó a hablar del procedimiento procesal.
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Designan a fiscala
La Fiscalía General designó al fiscal Federico Leguizamón para sustituir en sus funciones en la causa, mientras dure la recusación contra la fiscala Claudia Torres, quien imputó al futbolista y pidió prisión.
Torres había sido recusada por Scarone porque la agente fiscal fue su compañera de trabajo en la Fiscalía General, cuando el letrado se desempeñó como relator.
El 20 de octubre pasado, la fiscala Torres imputó por violencia familiar a Domínguez, jugador de Cerro Porteño, quien habría propinado tres patadas a su pareja, entre los días 7, 8 y 9 de marzo de 2016, ante el reclamo de la mujer por el abandono del que fueron víctimas ella y su menor hijo.
La querella añade que el 17 de marzo, la pareja se mudó a Mariano Roque Alonso, donde nuevamente Domínguez le habría aplicado tres patadas, a más de obligarla a tener relaciones sexuales, por lo que la mujer decidió poner fin a la relación y regresó a la casa de sus padres en el barrio Central de Roque Alonso. Agrega que el 10 de julio, bajo engaños, Domínguez llevó a su pareja a un dúplex, donde otra vez la obligó a mantener relaciones sexuales.
La imputación fiscal se basa en el informe del 6 de setiembre pasado emitido por la psicóloga forense del Poder Judicial, doctora María Graciela de Rodríguez, en el que sostiene que la conducta de Domínguez se encuadra en el hecho de violencia doméstica (psicológica), que tiene expectativa de prisión de hasta 6 años, por lo que es considerado crimen, y la ley no permite en estos casos la concesión de medidas alternativas.
Litigar en libertad
Sin embargo, en la audiencia de imposición no se estudia si se imponen o no medidas alternativas o sustitutivas. El juez lo que analiza es si se dan o no los presupuestos para la prisión preventiva. Si no están reunidas las exigencias establecidas en el artículo 242 del Código Procesa Penal (como peligro de fuga y de obstrucción a la investigación), el jugador puede litigar en libertad, según fuentes.
