Esos fondos se pudieron utilizar para fines sociales

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“Los acusados dispusieron el patrimonio de la SAS y recibieron como contraprestación inmuebles sin utilidad para ella, cuando que esos fondos pidieron haberse utilizado para reales fines sociales, incluso la adquisición de otros inmuebles que sí se hallaban ocupados en la época”, dice una parte resaltante de la acusación.

El dictamen solicitaba que se practiquen diligencias con relación a 15 fincas adquiridas por la SAS situadas en 10 localidades, con el propósito de dilucidar el monto del perjuicio patrimonial causado en la compra de las propiedades.

Señalaba como parámetro para la determinación del perjuicio a más del valor económico, la observancia de la finalidad perseguida con la adquisición de las tierras y la utilidad que presentan.

Para el efecto, los fiscales tomaron como base lo obrante en la carpeta fiscal, la labor de la fiscala Irma Llano y tres peritajes para determinar que tres propiedades no son aptas para establecer asentamientos.
Los fiscales concluyeron que en las otras doce propiedades no se determinaron perjuicios, ya sea que porque están ocupadas por asentamientos o porque son aptas para ser habitadas.

Por este motivo solicitaron el sobreseimiento definitivo de la abogada Carmen Insfrán, ex asesora jurídica de la SAS, que no intervino en la compra de las tres propiedades cuestionadas. Esta causa se inició con la entonces fiscala Rocío Vallejo.