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Gauto condenó al Estado a pagar de G. 558.813.400 en concepto de indemnización por lucro cesante, más intereses del 1,59% mensuales desde el inicio de la demanda, no así daño moral y daño emergente.
“La A quo sostiene que en sede administrativa –Defensoría del Pueblo– la actora ya ha sido resarcida en tal concepto; sin tener en cuenta los daños sufridos por mi representada, quien ha sido violada, ultrajada brutalmente y de manera continua, durante los 28 días que estuvo ilegítimamente privada de su libertad en una cárcel de hombres en la ciudad de Villarrica”, argumentó el abogado Luis Marcelo Reyal, quien reclamaba para la víctima un total de G. 1.658.200.
“(...) Se constata que la actora ha sufrido severas lesiones, entre ellas las que se destacan las torturas, violaciones, tratos crueles, inhumanos y degradantes (...). En estas condiciones es que el daño se halla configurado y asimismo, la atribución de responsabilidad como lo había sostenido anteriormente, es del Estado paraguayo (...)”, sostiene la sentencia.