El 30 de abril de 1976, la demandante se encontraba con su hermano, sus padres y sus hijos de 4 y 5 años cuando fueron detenidos por agentes de la Guarnición Militar de Paraguarí, acusados de subversión.
De la comisaría local, Guerrero y sus hijos fueron trasladados al Departamento de Investigaciones, donde sufrió torturas, maltratos y humillaciones y permanecieron en condiciones de reclusión infrahumanas por algunos días. Luego estuvo presa en el departamento judicial, en la comisaría 1ª y también en Emboscada hasta el 11 de marzo de 1977, cuando fue liberada.
“Incluso puede decirse que la detención sufrida por la misma, por el modo en que fue llevada a cabo, supera el umbral de las que al menos aparentan regularidad, para constituirse en un verdadero secuestro”, dice el fallo, al destacar que la documentación obrante revela que la demandante estuvo presa sin orden judicial y sin proceso.
Firman la sentencia Raúl Gómez Frutos, Antonia López y Carmelo Castiglioni. La jueza Rocío González había rechazado la demanda, tras hacer lugar a una excepción de prescripción promovida por la Procuraduría General.
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