JEM y una polémica decisión

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El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados resolvió enjuiciar al juez José Agustín Delmás. Cuestionan que no dispuso la prescripción de una causa por producción de documento no auténtico, pese a que correspondía.

En esfera judicial, la resolución del Jurado se interpreta como un amedrentamiento hacia los jueces, lo cual era habitual hasta hace poco, conforme se desprende del escándalo de los audios que salpicó severamente al senador Óscar González Daher

La denuncia fue radicada por Herminia Gómez Gayoso, quien había soportado un proceso penal por producción de documento no auténtico.

El Jurado cuestiona que el juez Delmás, en su carácter de magistrado de garantía del caso, no estudió la prescripción de la causa, como finalmente otro magistrado lo hizo.

Sin embargo, las fuentes indicaron que el juez Delmás no podía otorgar una petición que no fue requerida por la defensa, ni tampoco por la fiscalía.

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De acuerdo a los antecedentes, tras una denuncia de Ilácida Morínigo de Ríos, Herminia Gayoso fue imputada el 3 de marzo de 2016. El 13 de marzo de ese año , el juez Delmás abrió el proceso penal y el 21 de marzo, luego de que no se presentó ante el juez para la audiencia de imposición de medidas, el referido magistrado ordenó su captura.

La denunciada fue detenida el 28 de enero pasado y al día siguiente Delmás ordena su prisión preventiva.

El 31 de enero el juez es recusado y apartado de la causa.

Sin embargo, su colega Paublino Escobar confirmó la prisión preventiva.

Paralelamente el magistrado Delmás fue denunciado ante la Superintendencia General de Justicia.

Esta oficina resolvió recomendar el archivo provisorio de la denuncia, al señalar que no hay elementos que comprometan al juez por mal desempeño de funciones, pero que aún están pendientes denuncias realizadas por la afectada ante el JEM.

En la última sesión, a pedido de uno de los miembros, el JEM decidió dar trámite de la denuncia, pese a que aparentemente había un dictamen de rechazo por parte de la asesoría jurídica.