Jueces del Alto Paraná pretenden amordazar a la prensa con amparos

Los magistrados de la circunscripción judicial de Alto Paraná comenzaron a adoptar la peligrosa práctica de prohibir publicaciones periodísticas referentes a determinadas personas e incluso empresas privadas. Las acciones judiciales consisten en presentar recursos de amparo constitucional invocando graves daños.

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Como los jueces se prestan a las acciones que coartan la libertad de expresión y de prensa, cada vez más se recurre a la práctica de prohibir publicaciones periodísticas que hacen referencia a personas y también a empresas privadas.

En los últimos tiempos, el primero en recurrir a esta práctica fue un concejal municipal electo de Hernandarias, que buscaba así evitar que se publiquen informaciones referentes a un conflicto por la tenencia de una niña. La madre de la pequeña había denunciando graves hechos, pero ahora no se pueden mencionar en los medios de comunicación.

En otro caso, la rectora de una universidad privada logró que el juez Amílcar Marecos diera lugar también a un recurso de amparo. En su resolución, el magistrado en cuestión prohíbe al diario “Vanguardia” de Ciudad del Este y otros medios de comunicación e incluso a un abogado hacer mención a la casa de estudios y la rectora de la institución.

Esta última recurrió a acciones judiciales para evitar que se difundan publicaciones sobre una denuncia de acoso en contra de un directivo de la universidad.

Como el juez Marecos se prestó a esta práctica, el presunto acosador también recurrió a un amparo y el juez Marino Méndez le otorgó una medida cautelar mediante la cual también se prohíbe mencionar al ingeniero Gustavo Ramón Duarte Ruiz Díaz, directivo de una universidad, quien había sido filmado acosando a una docente.

La abogada Irma Núñez, asesora jurídica del diario Vanguardia, afectado con la medida, explicó que la sentencia de Marecos ya fue apelada y que también se hará lo mismo con la resolución de Méndez. En el juicio de amparo, el magistrado no respetó los plazos procesales y la demandante ni siquiera acreditó que es una afectada directa de los daños. Además, las pruebas no fueron puestas a disposición de los demandantes y el juez alegó que fueron divulgadas en los medios.

“El Jurado debe tomar inmediatamente acciones en este asunto porque las resoluciones tienen varias falencias. Están utilizando estos amparos para hacer callar a la medios, es decir, estas personas pueden matar o cometer otros hechos graves y no se les va a poder mencionar”, expresó Núñez.

Invocación de graves daños

Las acciones judiciales a las que recurren los afectados para prohibir las publicaciones periodísticas de sus casos en los medios de comunicación consisten en la presentación de recursos de amparo constitucional invocando graves daños. 

Debido a que se trata de una garantía constitucional excepcional, el recurso se puede presentar ante cualquier juez y se le imprime mucha celeridad, evitando de esa manera la difusión de la noticia en la prensa.

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