Jueces ignoran acordada

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La Corte aprobó el año pasado la Acordada N° 961, por la cual se modifica el reglamento que regula el Sistema Disciplinario del Poder Judicial.

Los jueces o tribunales deberán sancionar a los auxiliares de justicia cuando los declare litigante de mala fe o declare que han ejercido abusivamente el derecho o que han litigado con temeridad. La sanción a estas faltas consideradas graves se aplicará no solo al responsable, sino también al que lo ayudó a cometer, dice la acordada que busca combatir la morosidad, pero que es ignorada por los jueces.

Se consideran faltas graves de abogados y procuradores: a) participar de procesos en que su representado haya pedido más de tres incidentes y planteado otro que haya sido rechazado, incluidos los de recusación; b) promover en el mismo expediente más de tres incidentes, incluidos los de recusación, rechazados con costas; c) ocasionar inhibiciones por causa de enemistad, formulación de denuncia, promoción de querella o demanda, de más de un magistrado, en el mismo proceso; i) recusar al magistrado interviniente en la primera intervención en la causa existiendo representantes convencionales y con personería reconocida anteriormente en la misma causa.

Los magistrados que no apliquen lo dispuesto en la acordada serán sancionados por la Corte, incluso con la suspensión. Para ello, se tendrá la intervención de la Dirección de Auditoría de Gestión Judicial. Se espera que los ministros apliquen este punto de la acordada.