El joven Eduardo Pastor Recalde “se excedió de los límites de la legítima defensa”, porque mató a dos personas luego de 15 minutos de haberse consumado el hecho que fue denunciado como atraco, sostuvo el juez Camé al justificar su decisión.
Para arrollar y matar a los dos presuntos asaltantes, el ahora encausado persiguió a los dos fallecidos por unas 20 cuadras, agregó el magistrado al indicar que en el expediente del caso no está justificada la legítima defensa.
El hecho protagonizado por Pastor Recalde se encuadra dentro de lo que puede entenderse como “una suerte de justicia por mano propia” y no un acto en defensa propia que exige reacción o respuesta instantánea de la víctima, indicó el juez. Según los antecedentes, en la noche del 12 de febrero del 2016 Eduardo Pastor Recalde fue víctima de dos motoasaltantes que le despojaron de dinero en efectivo y su teléfono celular en la vía pública de la ciudad de Villa Elisa.
Tras consumar el atraco, los motoasaltantes se dieron a la fuga y más tarde la víctima del asalto y un testigo del hecho tomaron un vehículo y persiguieron a los asaltantes, indican los antecedentes del caso.
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Tras una persecución de 20 minutos a través de una veintena de cuadras, la víctima del atraco logró alcanzar a los jóvenes hasta que los arrolló y mató a los dos.
Los motoasaltantes fallecidos fueron identificados más tarde como Gastón Daniel Cubilla Angeloni (27) –nieto del extinto técnico Luis Cubilla– y Rodrigo Ocampos (25).
Luego de consumarse la muerte de los dos motoasaltantes, Recalde fue llevado a dependencias policiales y el juez Atilio Rodríguez de San Lorenzo, entonces interino de la zona de Lambaré, dispuso la prisión domiciliaria de quien arrolló y mató a los dos atracadores. A un año de haberse registrado el hecho, el autor de la muerte solicitó su liberación y sobreseimiento definitivo. El planteamiento del joven Recalde contó con el acompañamiento y respaldo del fiscal penal Luis Said, quien entendió que el arrollamiento y muerte de los motoasaltantes se registro en el marco de la defensa propia.
A cargo del fiscal general
Luego de rechazar la solicitud de liberación y sobreseimiento definitivo del joven que arrolló y mató a los dos motoasaltantes, el juez elevó el expediente del caso al fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón.
El titular del Ministerio Público debe pronunciarse a favor o en contra de lo que dictaminó el fiscal Luis Said, conforme a lo que dispone el artículo 358 del Código de Procedimiento Penal, manifestó el magistrado actuante.
El fiscal general debe dar a conocer su postura, a favor o en contra de lo que dictaminó el agente del Ministerio Público que intervino en el caso, remarcó el juez.
