María Celeste Lara Castro, a quien le detectaron la enfermedad, estaba siguiendo su tratamiento en el IPS, pero en setiembre pasado, cuando se presentó para una sesión de quimioterapia, le informaron que no le iban a poder atender debido a que tenía tres meses de atraso en su aporte patronal.
La mujer recurrió a la justicia por la vía del amparo, y la jueza penal de garantías María Gricelda Caballero ordenó, el 28 de setiembre, a la previsional que atiendan a la paciente,
Sin embargo, a través de su abogados, el IPS apeló el fallo alegando que la asegurada estaba atrasada en sus pagos de los meses de junio, julio y agosto, por lo que no le podían dar la atención médica requerida.
La jueza señaló que si bien el reglamento interno del IPS no permite acceder a los servicios del nosocomio en casos de atrasos de aportes, la Constitución Nacional garantiza la vida y la salud de las personas, por lo que ordena que la paciente reciba el tratamiento oncológico.
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