La Corte no audita resolución que benefició a un condenado

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La Corte Suprema hasta ahora no ha tomado la determinación de auditar la actuación del juez penal de sentencia Fabián Weisensee, quien con un polémico fallo otorgó el beneficio del arresto domiciliario a Alfredo Rafael Fretes Gill, condenado a 6 años de prisión por la defraudación de US$ 6 millones a través de la casa de cambios Paraguay Express.

El último día de feria, el juez Weisensee, en vez de convocar a sus colegas Cinthya Lovera, Lourdes Peña o a Nilda Giménez, para constituir el tribunal colegiado, prefirió erigirse en un tribunal unipersonal para otorgar el arresto domiciliario.

En mayo del año pasado, Fretes Gill tras ser condenado por el vaciamiento de Paraguay Express, fue enviado a Tacumbú junto a otros directivos, al ser hallados culpables del fraude. En dos ocasiones durante la feria, Fretes Gill intentó sin éxito obtener el arresto domiciliario.

El martes pasado, Fretes Gill se valió de los dictámenes de los forenses, Dr. Nicolás Lezcano, quien concluyó que el condenado padecía de “síndrome de depresión moderada”, y del psiquiatra Carlos Stevens Sachero, quien dictaminó que tenía “trastorno depresivo y trastorno de ansiedad” y que su estado de salud era “delicada”.

Lezcano y Sachero también concluyeron que Fretes Gill debía ser tratado de un tumor, ya operado, fuera de su lugar de reclusión.

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El 23 de enero la jueza Giménez ya le había rechazado su pedido de revisión de medidas. Sin embargo, ahora Weisensee encuentra argumentos para que el condenado esté en su casa y no en prisión.

El fiscal Miguel Vera solicitó a la Cámara de Apelaciones que revoque el fallo de Weisensee, y que se ordene la reclusión de Fretes Gill en Tacumbú. Existe peligro, porque su condena fue ratificada en segunda instancia, dijo el agente del Ministerio Público.