Los extranjeros liberados son Juan Manuel Huaman Villanueva y Júnior Abel García, que el 2 de setiembre de 2015 fueron detenidos en Ciudad del Este con 3 kilos y 11 gramos de cocaína.
Las juezas dijeron en su fallo que los hechos de introducción de estupefacientes al país y tenencia de droga no fueron probados en el juicio oral.
El fiscal antidrogas de la capital del Alto Paraná, Manuel Rojas, aseguró en su escrito de apelación de la sentencia que las magistradas cayeron en varias contradicciones. Enfatizó incluso que las juzgadoras alteraron datos del juicio, que es un hecho muy grave y que debería ser revisado por la Corte Suprema y el Jurado de Enjuiciamiento.
En cuanto a la tenencia de estupefacientes sin autorización, el fiscal refiere que “el tribunal sostiene dos hipótesis antagónicas. En la primera parte del fallo habla de la existencia de pruebas suficientes que demuestran el hecho. Sin embargo, luego concluye como no probado el hecho”.
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Rojas asegura que “el tribunal luego de haber argumentado con cierto énfasis la probanza suficiente de la existencia del hecho, termina declarando no probado el hecho. Para ello, utiliza como argumento hechos o actuaciones deficientes que pretende atribuir a la acusación pública”, sostuvo el agente del Ministerio Público en su escrito.
