La artimaña para apartar, hasta ahora, a cinco ministros de la Corte Suprema de Justicia se inició con la cuestionada intervención de los abogados Nicolás Gaona Irún y Luis Bertón Planás, quienes aparecieron solo para inhibir a los altos jueces.
Los dos profesionales lograron apartar a Alicia Pucheta, Luis María Benítez Riera, Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña por diferentes motivos, y está próximo a declinar su intervención José Torres Kirmser, según fuentes confiables.
Esta “jugada” da vía libre para que integren la Sala Penal los ministros Sindulfo Blanco (originario de esta sala), Miguel Óscar Bajac y César Garay, ambos de la Sala Civil, quienes tienen el “cháke” del juicio político y últimamente con criticados fallos.
Llamativamente, la “aceptación” de la personería de Gaona Irún se da luego de que el alto tribunal ya haya definido rechazarla.
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Esto fue así porque, estando el expediente en la Cámara de Apelaciones, la propia Sala Penal confirmó el rechazo de la personería de Gaona Irún y Víctor Llano.
Luego estos mismos abogados patrocinaron una aclaratoria de esa resolución y esta circunstancia es tenida en cuenta ahora por los ministros inhibidos para considerar que intervinieron antes de que se planteara el recurso extraordinario de casación, que busca anular las condenas confirmadas en segunda instancia.
Las sugestivas inhibiciones se suman a versiones de que la sentencia sería anulada por la Corte. Los datos son manejados tanto por los agentes fiscales como por los abogados querellantes, que se muestran preocupados por una eventual nulidad.
Hay indicios de que, inclusive, ya existe un proyecto de resolución en ese sentido, sin que siquiera esté integrada la Sala Penal.
El 18 de diciembre de 2015, el tribunal de sentencia integrado por Mesalina Fernández, Rosarito Montanía y María Esther Fleitas aplicó condenas de hasta 14 años de cárcel (ver infografía) a los exdirectivos de Cajubi que remesaron millones de dólares al exterior en la considerada “timba financiera” con llamativas “inversiones” en el extranjero en empresas de maletín. Se probó en el juicio oral que el daño patrimonial a la Cajubi a través de operaciones de alto rendimiento fue de unos US$ 48 millones.
