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En la ocasión, el tribunal de sentencia presidido por Manuel Aguirre, calificó el caso como “declaración falsa” (porque no informó al Ministerio de Salud de la existencia de sala de operaciones) y lo condenó a 2 años.
El colegiado dispuso además la suspensión a prueba de la condena y estableció la obligación de que Cavallo preste servicios en el Centro Nacional del Quemado y Cirugías Reconstructivas (Cenquer). Esta decisión fue cuestionada en su momento por el entonces director, Dr. Bruno Balmelli, quien destacó que Cavallo no está registrado como cirujano plástico en nuestro país.