Sobreseimiento
Los camaristas de la Niñez Manuel Silvio Rodríguez y Fulvia Núñez de Vera y Aragón, con el voto en disidencia del camarista en lo civil Juan Carlos Paredes, otorgaron el sobreseimiento definitivo al imputado como coautor Luis Emmanuel Schupp Domínguez, que cuando ocurrió el hecho era menor de edad.
El Tribunal de Alzada acogió favorablemente el argumento de la defensa, en el sentido de que transcurrió más de un año del pedido de sobreseimiento provisional y la fiscalía no solicitó la reapertura de la investigación. Este es el plazo establecido en el Código de la Niñez, que según los dos camaristas se tiene que aplicar a Schupp Domínguez.
Sin embargo, el camarista Paredes votó en disidencia y manifestó que el hecho imputado se trata de crimen y el plazo para pedir la reapertura se extiende a tres años.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
La abogada Carolina Ferreira de Gorostiaga, en su escrito ante la Cámara de Apelación, insistió en que su cliente debe ser beneficiado con el sobreseimiento definitivo, atendiendo las disposiciones legales.
“No es posible seguir vinculando a un proceso a un adolescente donde resulta más que evidente que existe desigualdad procesal, entre el mismo y otros adolescentes que han sido desvinculados de la causa, lo que nos denota la existencia de una persecución de inocente por parte de la fiscalía”, señaló la abogada de Gorostiaga, quien resaltó que existe una absoluta seguridad de que el joven Schupp Domínguez no participó del hecho investigado.
El fiscal de la causa, Édgar Sánchez, explicó ayer a nuestro diario que ahora la cámara debe remitir el expediente al juzgado de la Niñez, para luego realizarse el sorteo del tribunal que juzgará al único acusado, que era el novio de la víctima.
Dijo que el expediente original fue solicitado por el Tribunal de Apelación de la Niñez, razón por la cual no se pudo hacer el sorteo de los jueces que juzgarán el caso.
