Se fortalecen las sospechas contra juez que favoreció a dos prófugos

Documentos del expediente fortalecen indicios de la actuación irregular del juez de Pedro Juan, Édgar Ramírez. El magistrado, en presunta violación a la ley, levantó la captura contra un matrimonio prófugo, imputado por tentativa de homicidio y trata de personas.

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El 13 de marzo pasado, los abogados Antonio Sánchez y David Ayala, a través de un escrito y en representación de los prófugos Rosa Lorena Delvalle y Anderson Ríos Villalba, solicitaron al juez de Pedro Juan Caballero, Édgar Ramírez, que extinga el estado de rebeldía y levante la orden de captura contra sus clientes. Hicieron mención al artículo 83 del Código Procesal Penal que dice que “cuando el imputado rebelde comparezca voluntariamente o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiere, se extinguirá su estado de rebeldía y continuará el procedimiento, quedando sin efecto la orden de captura”.

La disposición legal es clara. En este caso concreto, tanto Delvalle como Ríos Villalba tenían que presentarse ante el juez. Sin embargo, no lo hicieron y eso se desprende claramente del escrito de sus propios abogados, donde ni siquiera se lee que ponen a disposición a sus defendidos, sino simplemente hacen referencia a la última parte del artículo 83 del CPP.

Empero, el simple escrito fue suficiente para que el magistrado Ramírez, a través del Auto Interlocutorio N° 212 del 17 de marzo pasado, haga lugar al cese del estado de rebeldía y deje sin efecto la orden de captura contra la pareja. Igualmente reinició el procedimiento y fijó fecha para que los imputados comparezcan a la audiencia de imposición de medidas.

“Considerando que los imputados se encuentran a disposición y alcance de la justicia, según el escrito del 13 de marzo presentado por los abogados, que requieren la prosecución de la presente causa, por lo que corresponde extinguir el estado de rebeldía y dejar sin efecto la orden de captura”, dice el juez en una parte de su resolución, que es objeto de un análisis por la Dirección de Auditoría del Poder Judicial por disposición de la Corte.

“Jurisprudencia”

El magistrado igualmente hace referencia como jurisprudencia a dos resoluciones de la Cámara de Apelaciones que son el AI (Auto Interlocutorio) N° 51 del 13 de mayo de 2014 en los autos “Ministerio Público contra Óscar Duarte y otros sobre homicidio doloso” y el AI N° 49 del 19 de febrero de 2016 dictado en el expediente “Ministerio Público contra Ángel Silva Dávalos sobre posesión y tráfico de marihuana”. El juez resalta que en dichas resoluciones los camaristas señalaron que al ponerse a disposición el imputado corresponde el cese de rebeldía y fijar fecha de audiencia para la imposición de medidas, en la que se determinará la medida cautelar que corresponda.

De esta manera, el juez Ramírez dispuso el cese de la rebeldía de la pareja prófuga de la justicia, en presunta violación de disposiciones legales y levantó la orden de captura contra la misma.

Delvalle y Ríos Villalba están imputados por tentativa de homicidio y trata de persona. Es decir, en una audiencia de imposición de medidas cautelares se debe decretar la prisión del matrimonio, atendiendo que ambos están procesados por crimen (cuando la expectativa de pena es más de cinco años de cárcel). Es por eso que la defensa de los sospechosos pretendía la modificación de la calificación, para que sus clientes no sean derivados a la penitenciaría.

Las resoluciones del juez Ramírez, tanto en el caso de tentativa de homicidio como en el de trata de persona, son analizadas por funcionarios de la Dirección de Auditoría, a cargo del abogado Mario Elizeche.

Antecedentes del caso

El 13 de enero de este año trascendió el caso de una adolescente intoxicada con soda cáustica. Primero se dijo que Lorena Delvalle obligó a la joven a ingerir el corrosivo líquido porque, supuestamente, descubrió que esta mantenía una relación íntima con Ríos.

Tras el hecho la pareja huyó, por lo que la justicia paraguaya emitió captura internacional en su contra. El caso luego dio un giro tras las declaraciones de la joven ante el juez Ramírez, que “ella misma preparó el líquido, mezcló soda cáustica con lavandina y agua, e ingirió”. Nadie cree esta versión.

cbenitez@abc.com.py

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