Tribunal anula fallo que absolvió a motochorro confeso en juicio

El Tribunal de Apelación, 2ª sala, anuló ayer una resolución por la cual un Tribunal de Sentencia absolvió y liberó a un motochorro sorprendido “in fraganti” y que incluso admitió el hecho en juicio, con el argumento de que los testigos no se presentaron a declarar. Ahora, el caso será derivado a otro Tribunal de Sentencia, que deberá realizar un nuevo juicio oral y público.

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Por unanimidad, los camaristas Anselmo Aveiro, José Agustín Fernández y Delio Vera Navarro anulan la sentencia dictada el 25 de julio pasado, que absolvió a Jonathan Barrios Gauto, de la acusación de robo agravado, tras hacer lugar a una apelación de la fiscala Alba Delvalle. La resolución anulada, dictada por el Tribunal integrado por Juan Pablo Mendoza, Jesús Riera y Laura Ocampos (disidente) es como mínimo insólita.

En la misma se relata que la víctima Cristina Martínez fue interceptada en la vía pública por dos sujetos en moto, uno de los cuales le amenazó con un cuchillo para intentar despojarla de su cartera.

La mujer se resistió a entregar su bolso y forcejeó con el asaltante. Advertido por los gritos de la víctima, un guardia de seguridad redujo a Barrios. Este fue posteriormente “entregado” a agente del 911.

En juicio, en su petición final, el acusado –quien tiene antecedentes similares– reconoció su culpabilidad y pidió que considere que no quiso perjudicar a la víctima y que no llegó a quitarle su celular ni nada.

El colegiado alegó que si bien declararon los policías, no lo hicieron la víctima ni el guardia de seguridad y utilizaron dicha falencia para absolver al acusado.

“Aplicar el principio de la duda por falta de declaración de la víctima y del guardia de seguridad en el juicio oral y público, teniendo otros elementos probatorios que puedan dar certeza para un hecho punible tan común en nuestros días y que ha causado la muerte de muchas personas inocentes es intolerable”, afirma el camarista preopinante Aveiro.

“Se cuenta con la denuncia hecha por la misma víctima y el acta de procedimiento, que según se observa en ninguna parte del juicio oral fue redarguido de falso para poder inutilizar dicha prueba. Justamente con ese elemento probatorio y con la suma de las declaraciones dadas por los agentes policiales permite coincidir sobre la existencia del hecho punible y del autor. En todo caso nos preguntamos ¿cuál sería el motivo de la detención en la vía pública de Jonathan Barrios Gauto? ¿Por simple capricho de los agentes de policía?”, acotó el camarista.

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