Una transgresión administrativa que convirtieron en delito penal ambiental

Una simple transgresión administrativa, que en último caso merecía posiblemente una multa, llamativamente la Fiscalía convirtió en delito penal para castigar a un ambientalista que intentó suplir la negligencia del Estado. El trasfondo sería una denuncia a una empresa recolectora de residuos.

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Hasta ahora resulta inexplicable la condena al ambientalista Rubén Figueredo, presidente de la Fundación Itá Enramada, condenado el viernes pasado por un tribunal de sentencia a dos años de prisión, por no contar con licencia ambiental para acopiar pilas de manera transitoria.

Lo usual es que ante la falta de esta licencia ambiental se advierta al particular para que se adecue a las disposiciones legales, situación que no ocurrió con Figueredo.

Tras un procedimiento fiscal, policial y de funcionarios de la Secretaría del Ambiente (Seam), del 26 de setiembre de 2014, se procedió a imputar a Figueredo por “procesamiento ilícito de desechos”.

Para la Fiscalía no importó la actitud altruista ni ecológica de Figueredo, que a través de campañas de concienciación ciudadana instó a recolectar pilas usadas para que no sean tiradas directamente al suelo ni a los cauces hídricos, por ser potenciales contaminantes. Igual lo imputó.

Durante el juicio oral, donde el fiscal Jalil Rachid solicitó al tribunal la aplicación de 3 años y medio de condena, también declararon los fiscales Blas Imas y José Luis Casaccia, a favor de Figueredo.

Imas, por ejemplo, declaró que colaboró con la Fundación Itá Enramada, a través de donaciones de multas aplicadas a conductores en estado de ebriedad para que esta organización pueda reciclar las pilas y baterías.

Otro dato muy llamativo es que la Fundación Itá Enramada tenía firmado un convenio con la Municipalidad de Asunción desde el 2008 para realizar intercambio de información científica, técnica y cultural; para la formación de líderes comunitarios; para realizar trabajos conjuntos entre ambas partes, que fueron cumplidos por el representante de la entidad particular.

La Fundación Itá Enramada también fue declarada de interés municipal por el Proyecto de recolección, reciclaje selectivo y disposición de pilas y elementos contaminantes de uso doméstico, por Resolución JM N° 4511/2005. 

De igual manera, la Fundación Itá Enramada tenía un convenio con la Seam para el tratamiento de pilas y baterías.

Todos estos elementos no fueron tenidos en cuenta por el tribunal de sentencia a la hora de dictar su fallo. 

Según las declaraciones de Figueredo, la persecución y el cambio de criterio de la Fiscalía y la Seam habrían tenido lugar luego de obtener filmaciones de cuando operarios de la empresa recolectora de residuos EMPO tiraban los desechos al río Paraguay, sin ningún tratamiento.

Aliados, luego enemigo

- La Fundación Itá Enramada llegó a participar incluso de una mesa técnica interinstitucional de la Secretaría del Ambiente (Seam), con representantes de Digesa, Ministerio de Educación, OPACI, ESSAP, Dirección de Aduanas, el Ministerio Público, Ministerio de Industria y Comercio, Municipalidad de Asunción, y la Unión Industrial Paraguaya, en el 2010, sobre el tratamiento de pilas, baterías y micropilas. 

- Posteriormente, en el 2014, el Ministerio Público y la Seam cambiaron radicalmente de posición hacia la Fundación Itá Enramada, y de aliada en la lucha contra los productos contaminantes, pasó a convertirse en enemiga, tras la denuncia que realizó contra la empresa EMPO.

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