Vía libre para indagar los bienes de excomandante

La Corte Suprema rechazó “in límine” la acción de inconstitucionalidad promovida por el excomandante de la Policía Nacional, Crio. Francisco Alvarenga y su esposa Mirta Rotela de Alvarenga, contra resoluciones dictadas en un proceso por enriquecimiento ilícito.

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Los ministros Antonio Fretes y Gladys Bareiro de Módica votaron por el rechazo “in límine” de la acción, tras concluir que no se han cumplido los requisitos de admisión.

La ministra Miryam Peña votó por dar trámite a la acción y proceder a realizar los traslados correspondientes para el estudio de la cuestión, por considerar que limitar el control constitucional solo a sentencias, conlleva una desnaturalización del sistema de control de constitucionalidad.

Por su parte, Fretes y Bareiro consideraron que el proceso está en pleno trámite, lo cual significa que se halla pendiente de resolución judicial definitiva y es “inviable” dar trámite a la acción.

La defensa del excomandante y su esposa intenta que se declare nula una resolución del juez Hugo Sosa Pasmor, que denegó un incidente de doble juzgamiento y dio vía libre para que el Ministerio Público siga con las tasaciones de más de diez inmuebles que adquirió el excomandante en los últimos diez años.

La acción también está dirigida contra la resolución que confirmó ese fallo, dictada por la Cámara de Apelación, 3ª sala.

Sosa Pasmor había definido que el proceso a cargo de su colega Gustavo Amarilla tiene que ver con la lesión de confianza en el caso de fraude de combustibles por más de G. 1.100 millones, y el que lleva adelante en su juzgado es por el periodo anterior al fraude y por enriquecimiento ilícito. Alvarenga declaró en el 2013 un patrimonio de G. 226 millones, pero al dejar la comandancia en 2015, tenía G. 2.400 millones que no podría justificar.

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