Advierten que no se puede victimizar a los menores

En días en que la viralización de imágenes violatorias de derechos humanos es constante, una experta exhorta a evitar el reenvío de material violento, ya que la revictimización es delito y se agrava cuando se trata de menores de edad. Pide denunciar casos en la Fiscalía para su investigación.

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Pasacalles, audios y videos que faltan a la dignidad de la persona, principio fundamental garantizado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fueron la “comidilla” en las redes sociales en los últimos días.

Uno de los casos fue el de una pequeña de tres años aproximadamente que era salvajemente golpeada por su propia madre. Este caso fue denunciado y se pudo comprobar que no ocurrió en Paraguay, sino en México y, según publicaciones, la responsable ya fue capturada y está siendo procesada por las autoridades de ese país.

Al ser consultada al respecto, Licia Martínez, encargada de Fono Ayuda del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, llamó la atención sobre la revictimización que se da en estos casos. “Hay que saber como ciudadanos cómo manejar la situación especialmente en las redes sociales. La gente tiene que saber que no tiene que viralizar porque la imagen del niño se perpetúa una y otra vez. La revictimización es también un delito”, advirtió.

Dijo que en algunos casos las personas pasan la información a usuarios o a grupos para buscar a presuntos responsables, pero recordó que el reenvío de estos mensajes no es la manera correcta de obrar.

En el caso específico de la niña golpeada, dijo que “la denuncia ingresó y derivamos a la Fiscalía para que se vea y se retiren las imágenes porque es una transgresión más viralizar”.

De esta manera, señaló que lo primero que se debe hacer ante, por ejemplo, videos cuyo origen se desconoce es “apenas tengo conocimiento debo ir a la Fiscalía y solicitar su investigación, le paso el video al fiscal y me tiene que tomar la denuncia; en la Fiscalía más cercana”.

También –informó– se puede llamar al 147 Fono Ayuda Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes y ya los encargados luego pasan al Ministerio Público para su investigación.

Hay que recordar que el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia contenido en la Ley Nº 1680/01: De la prohibición de difusión, entrevista y publicación, establece: “Queda prohibido publicar por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, formato de transmisión digital de informaciones, sistemas de mensajerías y redes sociales, los nombres, las imágenes y audios o cualquier otro dato que posibilite identificar al niño o adolescente, víctima o supuesto autor de hechos punibles o que hayan presenciado accidentes o eventos catastróficos, resulte víctima de la violación de algún derecho o garantía”.

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