El magistrado cedió al pedido del Ministerio Público, que además nombró como nueva fiscal de la causa a Susana González.
Previamente el juez rechazó las excepciones planteadas por la defensa del encausado. Entre ellas, la excepción de extinción de la acción con el argumento de que vulneran el principio de legalidad material y procesal, porque en lo que se refiere al Código Procesal Penal no hay ninguna disposición que –con base en la extemporaneidad de la acción de la denuncia por parte de la víctima– arroje como efecto la prescripción, por un lado; y por otro la extinción de la acción.
El magistrado detalló que la defensa pretende valerse de una salida procesal que está prevista únicamente para el caso del retiro de la instancia. Sin embargo, en este caso no hubo porque es una prerrogativa particular de la víctima, quien ratificó su escrito de acusación.
Los abogados defensores de Rodríguez Andersen aún no confirmaron si apelarán el fallo judicial. La causa estuvo a punto de extinguirse definitivamente debido a que supuestamente se denunció a destiempo el hecho, según había alegado la defensa y a lo que el fiscal Julio Ortiz se había allanado, pero el juez envió el expediente a la Fiscalía General para que se ratifique o rectifique en el actuar del agente.
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La víctima del supuesto acoso egresó de la Facultad de Medicina de Santa Rosa del Aguaray y denunció que desde abril de 2014 Rodríguez Andersen le prometía pasar los exámenes a cambio de tener relaciones sexuales.