El proyecto de ley que regula las operaciones de libranzas recibió media sanción, el pasado 6 de diciembre, en Diputados y ahora pasó para su promulgación o modificación al Senado.
Esta ley permitirá que casas comerciales, entidades financieras, bancos y cooperativas puedan realizar descuentos automáticos de salarios, honorarios, haberes jubilatorios o pensiones de funcionarios públicos y privados elevando el tope de embargabilidad del salario del 25% a más del 50%.
Previamente al estudio de esta ley, la fiscala Teresa Sosa emitió un documento al presidente de la Cámara de Diputados, Hugo Velázquez, exponiendo la problemática que generaría el mencionado proyecto de ley así como está redactado, ya que le otorga carácter de “irrevocable” a las autorizaciones de descuentos de salarios o autorizaciones de débitos, que de acuerdo a las investigaciones que está realizando la fiscal en más de 1.000 causas penales de docentes estafados por casas comerciales, muchas de esas autorizaciones fueron falsificadas, otras clonadas u obtenidas bajo engaños para embargar la totalidad de los salarios de los maestros.
“La irrevocabilidad de dichas autorizaciones de descuento de salario provocaría la violación del derecho a percibir el porcentaje mínimo legal del salario y demás prestaciones que son inembargables (bonificación familiar, viático y aguinaldo). La seguridad jurídica invocada como fundamento para la irrevocabilidad de dichas autorizaciones en el proyecto de ley podría significar un mecanismo para facilitar la comisión de hechos punibles”, indicó la fiscala.
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Salario desprotegido
El diputado Aldo Vera de Avanza País señaló que con esta ley se liquida el tope de la embargabilidad del 25% del salario y permite que se embargue más de un 50%.
“Si un empleado gana G. 3.000.000, solo G. 800.000 no podrán ser objeto de descuento por libranza, ya que en el artículo 7º dice que a los que ganan más del salario mínimo legal vigente se les podrá descontar todo, exceptuando el 35% de lo que reciben”, dijo.
Vera añadió que la ley viola los convenios internacionales de protección del salario, ratificados por Paraguay. “Creemos que este proyecto puede ser utilizado para cercenar el salario de los empleados del sector público y privado”, refirió.
Por su parte, el coproyectista de la ley, diputado de la ANR José María Ibáñez (imputado por el caso de los “caseros de oro”) señaló que esta ley beneficia al asalariado y le otorga garantías y protección porque limita el monto que puede utilizarse de su salario para operaciones comerciales y otorga mayor certeza al sector comercial para la cobranza de los servicios que presta.
