Ley de Tránsito no habla de perforación de registros y Petta dice que es innecesaria

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“No existe una norma que justifique el pago anual de la perforación del registro de conducir”, aseguró el senador Eduardo Petta (PEN) en el último día habilitado por la mayoría de las municipalidades del departamento Central para la revalidación de licencias. La Ley de Tránsito solo habla de renovaciones cada cinco años.

La Ley de Tránsito 5016/14 que entró en vigencia el año pasado señala en su artículo 24, inciso C: “Las licencias podrán otorgarse por una validez de hasta 5 (cinco) años, debiendo en cada renovación aprobar el examen psicofísico”. Esa es toda la referencia que la legislación hace a la renovación de los registros de conducir. No hay ni remota alusión a la perforación, o a la revalidación que hace anualmente cada municipalidad. En Asunción, por ejemplo, ese trámite tiene un costo de G. 10.833.

“Señores no hagan filas, si no dentro de cinco años cuando sus licencias venzan, que es otra cosa que perforación (...) La nueva Ley de tránsito, la 5016/14, no permite que la Caminera multe por la falta de perforación pero sí por el vencimiento de la licencia”, posteó en su cuenta de Facebook Petta, quien fue uno de los principales impulsores de la ley.

El director general de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, Carlos María Aquino y el director de la Patrulla Caminera, Luis Christ Jacobs reconocen que la Ley de Tránsito solo exige que el documento (plástico) sea renovado cada cinco años.

Sin embargo, en sus redes sociales la comuna asuncena refutó a Petta con el argumento de que la Ley de Tránsito 5016/14, no deroga la Ley Tributaria 881, por la cual se rige el municipio asunceno y afirmó que el registro de conducir en sentido tributario es equiparado a una patente profesional.

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Según Jacobs la perforación es competencia de cada municipio, ya que las comunas se amparan en la Constitución Nacional y, a su vez, en la Ley Orgánica Municipal que les dan autonomía. Por lo tanto, los agentes de la Patrulla Caminera no están facultados a multar a los que no tengan perforado el documento según la fecha de vencimiento. Las comunas consideran que esta es una atribución de los agentes de la Policía Municipal de Tránsito (PMT).

Las multas en cada municipio son establecidas según su ordenanza tributaria particular. Esta disposición está amparada en la Ley Orgánica Municipal que a su vez se sostiene en el artículo 167, inciso 8 de la Constitución Nacional que garantiza a los municipios la reglamentación y la fiscalización del tránsito y del transporte público.

Todos los días de esta semana las sedes comunales de Asunción y el departamento Central estuvieron repletas de gente ansiosa por renovar y perforar su registro. En el imaginario colectivo –y por causa de las contradictorias declaraciones de varios funcionarios y la falta de una campaña comunicacional clara– se instaló la idea de que todos los registros de conducir vencían ayer, 31 de marzo. En las redes sociales hubo quejas masivas por la falta de información clara sobre la vigencia de los registros de conducir.

El director general de Tránsito de Asunción precisó que en la capital el documento que habilita al contribuyente a conducir un vehículo fenece de acuerdo a la terminación del número. Es decir, los que terminan en 1 vencieron en enero, en 2 en febrero y el 3 ayer, mientras que los que culminan en 4 hasta 0, fenecen entre abril y octubre, según establece la Ordenanza 596/15, que determina los tributos a ser abonados durante el 2016.

En la comunas de Central, con la excepción de Villa Elisa y en San Lorenzo, las licencias de conducir vencieron ayer.

Centros inservibles

Hay seis centros municipales en Asunción: el 1, en Yegros y 20 Proyectada; el 2, en Avda. Molas López y John Whitehead; el 3, en Mencia de Sanabria casi Yataity Corá; el 4, en la Terminal de Ómnibus de Asunción; el 5, en la Plaza de la Democracia; y el 6, en Díaz de Solís casi Orihuela. Sin embargo, en ninguno de estos puntos el contribuyente puede ir a perforar sus registros de conducir ya que estos puestos están disponibles solo para el pago de tributos y otros servicios pequeños.

Estos centros municipales fueron creados para descentralizar los trámites en el Palacete Municipal pero, al no ofrecer el servicio completo, son totalmente inútiles para el ciudadano.