Cargando...
Agregó que de promulgarse esta ordenanza en la Intendencia, los pedidos para habilitar dichos locales deberán tener origen en la Junta Municipal y ser aprobados por la misma, restando institucionalidad al municipio. La polémica ordenanza reduce literalmente de 1.500 m² de superficie mínima a 600 m² (ya que esta es la característica principal de las estaciones de servicio en Lambaré), comentó la edil.
Agregó que también se modifica la distancia entre una y otra estación que estaba regulada en 1.000 metros, y ahora será definida en base a un informe técnico sobre la densidad poblacional, sin indicar parámetro alguno para realizar ese estudio o medición, alegando que hay varias solicitudes de instalación de gasolineras pendientes. En el 2014 fue aprobada la ordenanza 77/2014 para “regularizar” las ya construidas o a medio construir o las pendientes por construcción.
Destacó que la normativa aprobada tiene varias inconsistencias, como ser la falta de análisis y dictamen por parte de la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente. En cambio, la comisión dictaminante fue la de Hacienda, que nada tiene que ver con el impacto que pude tener la habilitación indiscriminada de surtidores.