07 de Febrero de 2012

Trece concejales de Asunción no presentaron declaración de bienes

Al menos 13 de los 24 concejales de Asunción no presentaron ni una sola vez su declaración jurada de bienes, violando el mandato de la Constitución Nacional, de acuerdo a los informes de la Contraloría General de la República (CGR).

Solo uno de los ediles actualizó sus datos en 2011. El resto presentó declaración de bienes una o tres veces, entre 1993 y 2007 (ver info).A pesar de que los ediles no son considerados funcionarios públicos, están obligados por la Constitución Nacional a presentar sus declaraciones juradas de bienes, tanto al inicio como al término de su asunción al cargo.

"Los concejales municipales están excluidos del régimen del funcionariado público por la Ley 1626/00, Art. 2, inc. a, pero no están exentos de la no presentación de la Declaración Jurada, ya que el Art. 104 de la Constitución Nacional establece que todos los funcionarios y empleados públicos, incluso los de elección popular, deben presentar declaración jurada dentro de los 15 días de haber asumido el cargo y 15 días de dejar el cargo. Entiéndase "dejar el cargo" también cuando cambia de funciones, por ejemplo de jefe pasa a ser director. En el caso de muchos concejales municipales, antes estaban en la función pública y habían presentado su declaración jurada; sin embargo, al asumir como concejales, muchos de ellos no lo hicieron todavía",  explicó la Abog. Lourdes Araújo, directora de Control del Personal Público.

La institución encargada de recibir las declaraciones juradas de todo aquel que perciba remuneración fija del Estado, incluso del personal de las binacionales (Yacyretá e Itaipú), es la Contraloría General de la República. "No solo recibir la declaración jurada sino procesarla en una base de datos y al momento de que la requiera la Fiscalía, o incluso de motus propio la Contraloría puede hacer las investigaciones y elaborar el dictamen de correspondencia, que también está obligada a realizar por Constitución Nacional (Art. 283, punto 6)", resaltó.

En caso de que surjan indicios de falsedad en la declaración jurada de algún funcionario público, la CGR eleva una denuncia a la Fiscalía para que estos, en el ámbito de su competencia, realicen las investigaciones y procesen a la persona.

Destitución

De acuerdo a la abogada Araujo, la destitución del cargo es una de las sanciones que se puede aplicar al funcionario incumplidor, pero solo después de que se obtienen los resultados de un sumario administrativo ordenado por la institución empleadora. "Esto depende otra vez y mucho de la autoridad de esa institución, porque si no promueve ese sumario administrativo, no existe sanción que pueda ser aplicable por ley. Si la institución no realiza ese sumario, nosotros no podemos hacer nada más que publicar los nombres de los incumplidores, a modo de sanción moral, ya que otro tipo de pena no hay", apuntó.

Indicó que en el caso de los concejales, en particular, no pueden ser sometidos a sumario administrativo. "Entonces están exentos de cualquier sanción que se les pueda aplicar", señaló.

Al concluir, comentó que actualmente la CGR tiene 15.000 declaraciones juradas que aún debe procesar, para actualizar su base de datos y que con relación al funcionariado de la Municipalidad de Asunción, tienen solo un 33% de presentación de declaraciones, por parte de los 3.610 funcionarios activos registrados al 2011, en su base de datos.
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