El acta hipoteca nuestra energía por 30 años más

Indudablemente, para la elaboración y posterior firma del Acta de Entendimiento sobre Yacyretá no se aplicó lo que en términos generales se denomina participación ciudadana, una metodología que busca que la sociedad participe o incida en la toma de decisiones que le afecta.

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La participación ciudadana se diferencia sustancialmente de las actividades políticas, porque las acciones desplegadas desde el ámbito ciudadano no pretenden constituirse en un poder político, ni busca rivalizar con este. El resultado de esta actitud de los responsables de la elaboración del documento en cuestión es la generación de un conflicto, que con el correr de los días (esperamos que no) podría agravarse.

Numerosos inconvenientes detectamos en el Acta de Entendimiento, y su análisis completo necesita de más columnas, incluso páginas, razón por la cual nos limitaremos hoy a destacar la increíble forma en que este documento permitirá que nuestra energía eléctrica quede hipotecada en la Argentina al menos por 30 años más.

El numeral 13 del Acta de entendimiento establece: “En función de las instrucciones impartidas por las Altas Partes Contratantes, las entidades compradoras de los servicios de electricidad de Yacyretá deberán formalizar la entrega de los respectivos cronogramas de utilización de la energía generada, debiendo la Entidad Binacional Yacyretá arbitrar los mecanismos tendientes a dar efectivo cumplimiento a dichos requerimientos”. Sin entrar a comentar la validez del contenido de este numeral, que está debidamente reglamentado en los puntos II.2 y II.3 del Anexo C del Tratado de Yacyretá, nos situaremos en la posición de la empresa compradora de energía del Paraguay, la ANDE.

Para elaborar un cronograma de retiro de potencia de Yacyretá por un lapso de ocho años, esta empresa debe considerar el crecimiento de su demanda de potencia y energía, la disponibilidad y los precios de dichos insumos en su sistema eléctrico.

El crecimiento de su demanda es conocido, el precio de la potencia y de la energía de Itaipú es conocido y totalmente predecible; también el de la ya amortizada central Acaray, y ahora tomamos conocimiento del precio de la energía de Yacyretá, según los datos suministrados a través de los medios de comunicación.

La AISEP realizo una simulación de la probable evolución de la tarifa de la energía de Yacyretá a lo largo de los próximos 30 años con base en lo establecido en el Acta de Entendimiento, y la comparó con la tarifa de Itaipú.

Si elaboramos un gráfico con estos datos observaremos en una curva los valores de tarifa de energía esperados en Yacyretá, si aplicamos los términos establecidos en el Acta de Entendimiento; en la otra curva apuntaremos las tarifas de energía esperadas en Itaipú, y en una tercera, la resultante de la aplicación correcta de lo establecido en el Tratado luego de 40 años de vigencia de la misma.

El resultado es adverso para la ANDE, ya que se observa un costo promedio de la tarifa en Yacyretá del orden de US$ 40/MWh en promedio, a lo largo de los próximos 30 años, con picos superiores a los US$ 50/MWh a partir del año 2023, y otros menores, pero siempre mayores a la tarifa de Itaipú.

Con justa razón, a la luz de estos resultados, la ANDE se verá obligada a retirar mayoritariamente potencia y energía de Itaipú, hoy aproximadamente en US$ 36/MWh, ya considerando la energía adicional y otros arreglos, y a partir del 2023 estará en torno a los US$ 20/MWh o menos, por el tiempo de vida útil que le quede a dicha central.

Es más que correcto que la ANDE, en su obligado cronograma de utilización de la energía que presente a Yacyretá privilegie el retiro de potencia desde Itaipú, por si no lo hace deberá aumentar la tarifa de la energía a sus usuarios.

De esta singular manera, una gran parte de la energía paraguaya de la central Yacyretá quedará disponible para cesión a la Argentina. El parque generador argentino es mayoritariamente térmico, razón por la cual el artificial “aumento” de la tarifa de venta de Yacyretá no le afectará, además de que estará recibiendo por segunda vez beneficios que cobró.

Esta situación, que perjudicará a nuestra nación, se debe a que no se aplicó en forma correcta lo establecido en el numeral IX- Revisión del Anexo C del Tratado de Yacyretá. Un cálculo correcto de la tarifa de la energía de Yacyretá debería dar un valor en torno a US$ 12/MWh, que permitiría que la ANDE establezca en su cronograma el retiro de toda la parte paraguaya de Yacyretá, y lo que le falte complete con la energía de Itaipú y Acaray.

Desde luego que esto no es conveniente para la Argentina, que sin ningún rubor incumple lo establecido el Tratado y continúa corrompiendo a nuestros venales representantes para así apropiarse de nuestra energía, y a precio vil.

Coincidimos en que Yacyretá no puede ser comparado con un supermercado; en estos negocios no se regalan productos, y tampoco se venden por debajo del precio, no se pide al cliente que pague dos veces por la misma mercadería, y a los que realizan estos actos deshonestos, los dueños del supermercado, a los responsables, los envían a la cárcel. Los dueños de este “supermercado” son el pueblo paraguayo y el pueblo argentino.

* Presidente de la AISEP

orlandovaldes@outlook.com

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