La CorteIDH y nuestra fiscalía

Quienes tuvieron ocasión de seguir en vivo el desarrollo de la audiencia oral y pública realizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) para entender la demanda de Juan Arrom y Anuncio Martí contra el Estado paraguayo por secuestro y tortura, pudieron constatar la manera aberrante en que se comportó el Ministerio Público, nuestra fiscalía, en ese caso.

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Los jueces de la CorteIDH señalaron clara y específicamente los elementos constitutivos de esa conducta aberrante: El sobreseimiento dudosamente otorgado a los acusados por la comisión del secuestro y la tortura, otorgado “a pesar de la convicción personal de la jueza Griselda Caballero” mediante el expediente absolutamente irregular de no considerar varios anticipos jurisdiccionales de prueba y otros elementos y la negativa de abrir una investigación sobre quién secuestró y torturó a Arrom y Martí, necesaria, dado que los fiscales dijeron que los sobreseídos no fueron los autores. 

Los jueces de la CorteIDH también señalaron la habitual y persistente costumbre del Ministerio Público, que sigue hasta ahora, de presentar como culpables a los acusados, en sendas campañas publicitarias, destruyendo la presunción de inocencia de la que deben gozar por imperio de nuestra Constitución. 

Aunque estos elementos no constituyen, per se, una prueba de la supuesta responsabilidad del Estado en el secuestro y tortura, sí son una potente confirmación acerca de lo que todos los paraguayos sabemos por experiencia propia y cotidiana: Nuestro Ministerio Público, nuestra fiscalía, nunca logró, hasta hoy, trabajar con independencia y al servicio de la sociedad, sino que siempre actuó para favorecer a intereses políticos subalternos, mostrando un nivel intelectual pésimo. 

Los fiscales Óscar Latorre, quien era fiscal general del Estado, y Édgar Sánchez, quien fue el fiscal que sobreseyó a los acusados del secuestro y tortura de Arrom y Martí, trajeron a colación, durante sus testimonios, la vinculación de los demandantes con la organización terrorista colombiana conocida por las siglas FARC, como si dicha vinculación pudiera disculpar la comisión de delitos de lesa humanidad por parte de funcionarios públicos. 

Y, seguramente lo hicieron, además para sacar de foco la cuestión ante la opinión pública paraguaya, que ya había estado sometida a una intensa campaña publicitaria en el mismo sentido, cuando el foco de la cuestión planteada ante la CorteIDH nunca fue la actividad criminal de Arrom y Martí, sino la actividad criminal de funcionarios públicos paraguayos. 

Las declaraciones del pasado viernes de la actual fiscal general, Sandra Quiñónez, implicada ella misma en el manejo harto deficiente de la escena del crimen en el caso de Arrom y Martí, fueron en la misma línea de las de Latorre y Sánchez, lo cual confirma que no hay propósito de enmienda alguno. 

En la línea de las observaciones de la CorteIDH, los fiscales no deberían poder desechar anticipos jurisdiccionales sin revisión judicial ni otorgar sobreseimientos por la mera confirmación discrecional del fiscal general; ni deberían poder eludir la apertura de investigaciones requeridas para esclarecer hechos que afectan los derechos garantizados por nuestra Constitución. 

Mientras no se arreglen estos problemas, todos seguiremos corriendo el riesgo de tener que pagar por las barrabasadas cometidas por fiscales que son empleaditos de los potentados, pero no representantes fieles de la sociedad.

evp@abc.com.py

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