06 de Febrero de 2012
La educación democrática
"La primera condición de la educación democrática es la de reconocer que pueda ser entendida a través de discursos diversos" (José Gimeno Sacristán, 2009).
No tiene sentido alguno en una democracia pretender imponer desde el Ministerio, con o sin presión de alguna minoría, un solo discurso, una sola propuesta de cómo debe ser la educación de la sexualidad. No es democrático querer encerrar a toda la ciudadanía en un "marco" que sea "rector", que rija obligatoriamente para todos, incluso con pretensión, más grave aún, de transformar el programa en ley.
La Ley General de Educación (1264/98), recogiendo el espíritu y la letra de la Constitución Nacional, expresa claramente el sentido democrático de la educación y la necesidad de facilitar la participación de los ciudadanos y las comunidades educativas en las decisiones fundamentales sobre la educación.
"Garantiza 0la libertad de enseñar, sin más requisitos que la idoneidad y la integridad ética, el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico" (Art. 3º).
Sin duda le corresponde al Ministerio de Educación y Cultura, en representación del Estado, administrar el sistema educativo nacional, en el cual "determinará las normas básicas de participación y responsabilidades de los miembros de las comunidades educativas, de los establecimientos educativos, las formas de la financiación del sector público de la educación y demás funciones del sistema" (Art. 7º).
A través del mismo sistema "se establecerá un diseño curricular básico que posibilite la elaboración de proyectos curriculares diversos y ajustados a las modalidades, características y necesidades de cada caso" (Art. 5º).
El Ministerio y la escuela pueden y deben colaborar con la familia, pero de ninguna manera pueden pretender suplir y prescindir de la familia, porque "la familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona" (Art 14º). Por eso "a los efectos del proceso educativo se integrarán los esfuerzos de la familia, la comunidad y el Estado, los docentes y los alumnos" (Art. 13º). Querer imponer un plan de educación de la sexualidad al margen e incluso en contra de la cultura, el pensamiento y la visión antropológica de la mayoría de las familias es un propósito antidemocrático con características propias de los dictadores.
Por algo la ley reafirmó el derecho, la obligación y la responsabilidad de participación de las comunidades: "La comunidad contribuirá a mantener el ámbito ético y cultural en el que se desarrolla el proceso educativo, proveerá los elementos característicos que fundamentan la flexibilidad de los currículos para cada región y participará activamente en el proceso de elaboración de sus reglamentaciones y de las que organizan sus gobernaciones y los municipios" (Art. 16º).
Es impresionante el análisis de David Gibble cuando analiza "los daños ocasionados por la educación autoritaria" (John Holt y Alice Miller en Real education: varieties of freedom). Al iniciar la Reforma educativa hace 22 años se habló mucho del autoritarismo de los profesores y de los supervisores, ahora parece que hay que revisar el autoritarismo del MEC y de ciertos grupos de presión del MEC y de otros ministerios.
Mario Ramos Reyes lo ha escrito con claridad: el Estado no es "rector" de la educación, menos aún lo puede ser el Gobierno de turno y menos aún el Ministerio de Educación y Cultura. El Estado tiene como fin la defensa, preservación y promoción del Bien Común (BC), y además servir al derecho, que es parte del BC. El Gobierno recibe del pueblo, el único soberano, el encargo de administrar el Estado y servir a los ciudadanos, mediante los tres poderes, ejecutivo, legislativo y judicial. El Gobierno, como todos sus funcionarios es servidor de todos los ciudadanos. Obviamente el MEC, dentro del poder ejecutivo es servidor de los ciudadanos, como administrador y promotor del sistema educativo nacional, pero no es dueño del mismo.
Los organismos internacionales para servicios de la Organización de las Naciones Unidas pueden sugerir y recomendar diferentes propuestas que ayuden a los países al logro de sus objetivos, pero de ninguna manera tienen derecho a usar su autoridad para querer imponer un proyecto concreto de educación de la sexualidad.
Las reglas democráticas son claras. No permitamos quebrarlas.
jmontero@conexion.com.py
No tiene sentido alguno en una democracia pretender imponer desde el Ministerio, con o sin presión de alguna minoría, un solo discurso, una sola propuesta de cómo debe ser la educación de la sexualidad. No es democrático querer encerrar a toda la ciudadanía en un "marco" que sea "rector", que rija obligatoriamente para todos, incluso con pretensión, más grave aún, de transformar el programa en ley.
La Ley General de Educación (1264/98), recogiendo el espíritu y la letra de la Constitución Nacional, expresa claramente el sentido democrático de la educación y la necesidad de facilitar la participación de los ciudadanos y las comunidades educativas en las decisiones fundamentales sobre la educación.
"Garantiza 0la libertad de enseñar, sin más requisitos que la idoneidad y la integridad ética, el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico" (Art. 3º).
Sin duda le corresponde al Ministerio de Educación y Cultura, en representación del Estado, administrar el sistema educativo nacional, en el cual "determinará las normas básicas de participación y responsabilidades de los miembros de las comunidades educativas, de los establecimientos educativos, las formas de la financiación del sector público de la educación y demás funciones del sistema" (Art. 7º).
A través del mismo sistema "se establecerá un diseño curricular básico que posibilite la elaboración de proyectos curriculares diversos y ajustados a las modalidades, características y necesidades de cada caso" (Art. 5º).
El Ministerio y la escuela pueden y deben colaborar con la familia, pero de ninguna manera pueden pretender suplir y prescindir de la familia, porque "la familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos y del acceso a la cultura, indispensable para el desarrollo pleno de la persona" (Art 14º). Por eso "a los efectos del proceso educativo se integrarán los esfuerzos de la familia, la comunidad y el Estado, los docentes y los alumnos" (Art. 13º). Querer imponer un plan de educación de la sexualidad al margen e incluso en contra de la cultura, el pensamiento y la visión antropológica de la mayoría de las familias es un propósito antidemocrático con características propias de los dictadores.
Por algo la ley reafirmó el derecho, la obligación y la responsabilidad de participación de las comunidades: "La comunidad contribuirá a mantener el ámbito ético y cultural en el que se desarrolla el proceso educativo, proveerá los elementos característicos que fundamentan la flexibilidad de los currículos para cada región y participará activamente en el proceso de elaboración de sus reglamentaciones y de las que organizan sus gobernaciones y los municipios" (Art. 16º).
Es impresionante el análisis de David Gibble cuando analiza "los daños ocasionados por la educación autoritaria" (John Holt y Alice Miller en Real education: varieties of freedom). Al iniciar la Reforma educativa hace 22 años se habló mucho del autoritarismo de los profesores y de los supervisores, ahora parece que hay que revisar el autoritarismo del MEC y de ciertos grupos de presión del MEC y de otros ministerios.
Mario Ramos Reyes lo ha escrito con claridad: el Estado no es "rector" de la educación, menos aún lo puede ser el Gobierno de turno y menos aún el Ministerio de Educación y Cultura. El Estado tiene como fin la defensa, preservación y promoción del Bien Común (BC), y además servir al derecho, que es parte del BC. El Gobierno recibe del pueblo, el único soberano, el encargo de administrar el Estado y servir a los ciudadanos, mediante los tres poderes, ejecutivo, legislativo y judicial. El Gobierno, como todos sus funcionarios es servidor de todos los ciudadanos. Obviamente el MEC, dentro del poder ejecutivo es servidor de los ciudadanos, como administrador y promotor del sistema educativo nacional, pero no es dueño del mismo.
Los organismos internacionales para servicios de la Organización de las Naciones Unidas pueden sugerir y recomendar diferentes propuestas que ayuden a los países al logro de sus objetivos, pero de ninguna manera tienen derecho a usar su autoridad para querer imponer un proyecto concreto de educación de la sexualidad.
Las reglas democráticas son claras. No permitamos quebrarlas.
jmontero@conexion.com.py






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