El siguiente paso que se piensa dar es sacar la investidura de senador a González Daher, para lo cual dicen que se discutirá primero un borrador de reglamento, lo que aparenta de entrada una excusa para dar por terminado el caso con la suspensión por 60 días, sin dar alargues al tema.
El art. 201 de la Constitución establece que los senadores y diputados “perderán sus investiduras... por las siguientes causas: 2. El uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado”.
El art. 190 establece la forma de sancionar con amonestación, apercibimiento y suspensión, además de prever la renuncia, para lo cual se contempla la cantidad de votos requeridos para ello, pero el art. 201, que establece la pérdida de investidura no prevé la cantidad de votos requerida para que un legislador deje de ser tal.
La Constitución dice tajantemente “perderán sus investiduras” y habla como causa el “uso indebido de influencias, debidamente comprobado”, mientras que el art. 4 de la ley 1084/97 habla de juicio político a los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados “en caso de la comisión de delitos o mal desempeño de funciones”.
Para el caso de los legisladores que integran dicho organismo señala que están “sujetos al procedimiento previsto en los Artículos 190 y 191 de la Constitución Nacional”. Dice claramente: están sujetos al procedimiento previsto...”, o sea, tal como está en la Constitución, sin necesidad de agregarle ni quitarle nada.
Algunos senadores temen aplicar el art. 201 porque no dice cómo hacerlo, para lo cual pondrán en discusión primero un proyecto de reglamento. De esa manera se alargará el tema hasta llegar al receso parlamentario.
Tal vez lo más práctico sea que el Senado no intente interpretar la Constitución y la aplique tal cual: en base a una propuesta sobre “perderán sus investiduras”, y como custodio de la Carta Magna, que es, tome la decisión de la forma en que lo hace habitualmente: por mayoría de votos, siempre y cuando tenga la forma de “comprobar fehacientemente” la fechoría del senador.
No será la primera vez que los congresistas juzguen políticamente ni que se tomen atribuciones discrecionales para ello. El problema de la indecisión nada tiene que ver con los escrúpulos legales sino con el techo de vidrio de la mayoría de ellos para abordar este tema.
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