Unasur sanciona al Paraguay sin norma alguna que lo permita

Hay un principio fundamental consagrado por todos los sistemas jurídicos civilizados del mundo, según el cual a nadie se le puede aplicar sanción alguna sin una ley anterior que lo permita. Se trata del principio de legalidad, que en su versión latina se conoce como “nulla paena sine previa lege”, o, lo que es lo mismo, es nula la pena si no existe una ley anterior que sancione expresamente el acto calificado como antijurídico.

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Entre las sanciones que aplica al Paraguay –sin fundamento en ley alguna, lo repetimos– el CONSEJO DE JEFAS Y JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE UNASUR, en sesión extraordinaria del 29 de junio de 2012, figura la de “Adoptar la decisión política basada en el tratado constitutivo de Unasur, de suspender a la República del Paraguay de participar en los órganos e instancias de la Unión, hasta tanto este Consejo revoque la decisión” (consignamos a propósito en negrilla y subrayado cuál es el instrumento que se invoca como base de la sanción, para que no quepa duda al respecto).

También figura entre las sanciones la de “Designar a la República del Perú para que asuma en la fecha la Presidencia Pro Tempore de Unasur”, que venía siendo ejercida por el Paraguay y, por tanto, la decisión se convierte en una destitución.

En verdad, la decisión tomada por el Consejo constituye una persecución acérrima al Paraguay. Establece literalmente: “Promover la suspensión de la República del Paraguay en los foros y mecanismos de diálogo y concertación política e integración de la región, de acuerdo a sus propios estatutos y reglamentos”. Con lo cual se dispone llevar la persecución internacional al Paraguay inclusive más allá de la Unasur.

Firman la “decisión” las Jefas y Jefes de once Estados que integran la Unasur –por supuesto, excluido el Paraguay–: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Suriname, Uruguay y Venezuela. Resulta inquietante que en América once países sean capaces de violar un principio fundamental consagrado hace siglos por todo derecho civilizado: es nula cualquier pena que se aplique sin fundamento en una ley anterior que la establezca.

El Mercosur nos impuso una sanción nula, de nulidad absoluta. La Unasur también, aunque por razones diferentes. Y esto hace pensar con justificada alarma que algunos Estados americanos todavía proceden en sus relaciones internacionales con tranquila arbitrariedad y flagrante desprecio de principios jurídicos considerados inviolables. Obviamente especulan con la impunidad. Lo cual hace peligroso suscribir con ellos tratados, convenios o protocolos, por inocentes que sean.

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