Actualmente está en vigencia la ley que establece que las acciones de una sociedad deben ser nominativas hasta un 90%. El proyecto aprobado establece que serán nominales el 100% de las acciones.
La Comisión de Legislación, presidida por el senador colorado Sergio Godoy, advirtió que la disposición de que las acciones no canjeadas perderán todo valor, sería inconstitucional, ya que la propiedad solamente se puede perder por sentencia judicial. Por ese motivo, se estableció que la suspensión de los derechos económicos de las acciones por seis meses podrá ser revocada si dentro del periodo de suspensión los accionistas proceden al canje de las acciones al portador y al pago de la multa correspondiente. Transcurrido el plazo, perderán el valor económico y circulatorio, previa declaración establecida por sentencia judicial.
