Con votos de la ANR y de la oposición, quedó archivada la Ley N° 5663 del funcionario Público del Poder Legislativo. El diputado Marcial Lezcano (ANR), sin éxito, planteó el aplazamiento por ocho días. Sin embargo, la diputada Cristina Villalba (ANR, cartista) pidió que se trate y que por recomendación de la bancada oficialista sea aceptado el veto del Ejecutivo.
Con la ley “especial” los funcionarios del Congreso pretendían regirse por sus propias normas y no por la Ley 1626/00 de la Función Pública. Las mesas directivas de ambas cámaras iban a crear una Junta de Calificaciones y donde pretendían crear cargos por resolución y no por ley. También la norma establecía que aspirantes a funcionarios del Legislativo iban a ingresar no solo por concursos de oposición, sino también por exámenes.
Otro cuestionado punto por el Ejecutivo guardaba relación con la creación de cargos de confianza del legislador, en donde no se establecían límites en cuanto a la cantidad de contratados, lo que pretendía generar discrecionalidad en el manejo de los cargos públicos. Para las promociones de los funcionarios, la ley mencionaba como único criterio la permanencia en el cargo para considerar una estabilidad definitiva y no evaluaciones de desempeño que rige en la ley de Función Pública. La antigüedad del funcionarios del Legislativo –a diferencia de los demás empleados públicos– iba a computarse desde su contratación y no nombramiento.
Incompatibilidad
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En cuanto al régimen de incompatibilidad, los funcionarios del Legislativo habilitaban la posibilidad de percibir doble remuneración no solo para ejercer la docencia, sino también para cumplir las funciones del personal de blanco. La ley violaba principios constitucionales de igualdad y equidad.
