Cámara intima a especificar los bienes de OGD a ser embargados

La Cámara de Apelaciones intimó a la fiscalía a que en el plazo de 24 horas individualice correctamente los bienes muebles e inmuebles a ser embargados del exsenador colorado Óscar González Daher y de su hijo el concejal Rubén González Chaves. Empero, se mantiene la orden de inhibición de vender y gravar bienes.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/5X2PWIA3Z5DJTBOVLHDIGRY66M.jpg

Cargando...

“Intimar al representante del Ministerio Público interviniente en esta causa, a fin de que indique el monto a ser cubierto sobre sumas de dinero, título o valores colocados en entidades financieras locales, a nombre de los imputados, lo cual se deberá proporcionarlo en el plazo perentorio e improrrogable de 24 horas, como también individualizar correctamente los bienes muebles e inmuebles a ser embargados, debiendo indicar con precisión el monto a ser cubierto por embargo preventivo, en el plazo de diez días hábiles”, dice la resolución firmada por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Bibiana Benítez.

En este proceso por enriquecimiento ilícito, declaración falsa y lavado de dinero, el juez Humberto Otazú dispuso el embargo preventivo de los bienes y también la inhibición general de vender y gravar bienes de Óscar González Daher y de su hijo Óscar Rubén González Chaves, actualmente presos en la Agrupación Especializada.

“El juzgado concluye que los bienes fueron embargados conforme a derecho; en la resolución se hace la explicación y se dan los fundamentos de la decisión”, manifestó el juez Humberto Otazú, al dictar la resolución.

Contra esta determinación recurrieron las abogadas Sara Parquet y Cecilia Pérez Rivas. La Cámara no revoca la resolución de ordenar el embargo, sino que pide que sean identificados los bienes a ser embargados y el monto que debe ser cubierto para el efecto.

En la práctica esto significa que no se podrá proceder a realizar ningún embargo mientras la fiscalía no especifique su pretensión.

Sin embargo, la Cámara confirma la inhibición de gravar y vender bienes de los procesados.

La Cámara también hace una crítica al desarrollo de este proceso. “Llama poderosamente la atención a este Tribunal la extraordinaria desprolijidad de esta causa, siendo inexplicable cómo a estas alturas del proceso no se haya dispuesto aún medidas precautorias efectivas que por su naturaleza deben modificarse o suprimirse si cambian las circunstancias dadas al tiempo de decretarlas”.

La crítica alcanza a la misma fiscalía. “También merece una especial atención, cómo es que después de varios meses –desde la imputación hasta la fecha– el Ministerio Público no haya individualizado los bienes de los procesados y cuyo origen se cuestiona”.

Enlance copiado
Content ...
Cargando ...