Caso OGD: fiscalía no basa acusación en audios sino en análisis de hechos

Cuando se imputó por el caso de la filtración de audios del Jurado, se pidió la nulidad de la imputación, alegando que las grabaciones fueron tomadas sin orden judicial, pero los fiscales en su acusación no utilizaron esa vía para probar los hechos punibles.

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Natalia Fúster, Sussy Riquelme y Rodrigo Estigarribia presentaron el 21 de diciembre pasado la acusación en el caso audios y pidieron la elevación del proceso a juicio oral para el exsenador colorado cartista Óscar González Daher (OGD), el exsecretario del Jurado Raúl Fernández Lippmann, el abogado Carmelo Caballero y el exsenador de Unace Jorge Oviedo Matto.

El caso se inició el 14 de diciembre de 2017, cuando ABC Cardinal 730 AM reprodujo una serie de audios en los que se escuchaban al entonces presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), González Daher, a su secretario Fernández Lippmann y otros abogados manipulando los expedientes judiciales a su antojo, amenazando a fiscales y pidiendo “favores” a jueces.

El 28 de diciembre de 2017 la fiscalía imputó a todos los implicados en este caso, pero las defensas de los procesados presentaron el pedido de nulidad absoluta de la imputación, alegando que los audios difundidos fueron grabados sin orden judicial.

Pero, al salir a la luz todos estos audios la misma Corte Suprema de Justicia ordenó que sean auditadas las causas que eran señaladas en las conversaciones.

Giro fiscal

De la auditoría, hasta el momento se concluyó que tres casos fueron comprobados donde se cometieron hechos punibles. Ellos son el expediente conocido como Electrofácil, el proceso al exintendente de Mariano Roque Alonso Walberto Zárate y el pedido de dinero a una fiscala.

Entonces los fiscales Natalia Fúster, Sussy Riquelme y Marcelo Estigarribia tomaron estas causas auditadas por la Corte para elaborar una acusación de casi 60 páginas, en las que van desmenuzando cada caso y la implicancia que tiene cada acusado (ver infografía).

La acusación del Ministerio Público en ninguna parte utiliza como prueba para llegar a su conclusión los audios, basa todo en el resultado de la auditoría de gestión que hizo la Corte.

De esa manera, deja mal paradas a todas las defensas que en su momento pidieron la nulidad de la imputación. Este incidente ya fue rechazado en primera y segunda instancias, pero ya pierde validez la chicana debido a que los audios, si bien en su momento sirvieron para presentar la imputación, ahora no fueron tomados como pruebas.

Ya no existen impedimentos legales para que el caso sea llevado a la audiencia preliminar, tal como solicitó el Ministerio Público, y en esa diligencia se decida si se eleva a juicio oral el caso para los cuatro acusados. Para el único que se pidió sobreseimiento fue para el abogado Rubén Silva.

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