VILLA ELISA (Higinio R. Ruiz Díaz, corresponsal). La Junta Municipal de esta ciudad trató ayer la resolución del intendente Estigarribia, quien el martes último decidió suspender el pago de la dieta y el gasto de representación (G. 13.000.000) al concejal y comisario retirado Víctor Atilio Cogliolo González, debido a que también cobra en la binacional Itaipú (G. 42.000.000), en contravención de la ley que prohíbe la doble remuneración en entidades públicas.
El tema generó un amplio debate entre los concejales y la mayoría manifestó que el jefe comunal no puede suspender el pago de la dieta sin tener una resolución judicial o de la Justicia Electoral que lo proclamó como concejal.
“El intendente está haciendo un show mediático con el tema del concejal Cogliolo y él no puede suspender el salario a un concejal, él no es juez y debemos de pedir un informe a la Justicia Electoral sobre el caso, porque él fue elegido por el pueblo y proclamado para el cargo”, expresó el concejal colorado Tito López.
Jorge Larrosa (PLRA) se expresó casi en los mismos términos que su colega López y dijo que el intendente no es el órgano juzgador y que se tiene que recurrir a las instancias pertinentes para luego actuar.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
A su turno, el cuestionado edil calificó de dictador al intendente y lo acusó haber hecho un show mediático con el tema ante la prensa y aseguró que la ley le ampara para seguir en el cargo, porque, según él, un concejal no es funcionario público.
“El intendente confunde su rol, él cree que descubrió un hecho punible, pero no denuncia, y debe de recurrir a las instancias correspondientes y no hacer un show mediático ante la prensa, lesionando mi honorabilidad y la de toda mi familia”, expresó Cogliolo.
Cogliolo cobra como comisario retirado, como jefe de seguridad de la Itaipú Binacional y como concejal municipal. Su caso fue derivado a la Comisión de Legislación. Sin embargo, el intendente Estigarribia asegura que el edil debe renunciar a uno de sus cargos y devolver la plata cobrada, G. 6.500.000 de diciembre y G. 13.000.000 por enero. Por el mes de febrero ya no se le pagará, adelantó el jefe comunal.
Prohibición a la prensa
La Junta prohibió en todo momento la presencia de la prensa durante la sesión y solo se permitió por algunos minutos a los trabajadores de los medios de comunicación permanecer en el recinto, cuando que debería ser libre para todos.
Estigarribia en su resolución alegó el artículo 105 de la Constitución que dispone que “ninguna persona podrá percibir como funcionario o empleado público más de un sueldo o remuneración simultánea, con excepción de los que provengan del ejercicio de la docencia”. También invocó el artículo 2 de la Ley 700/96, que reglamenta el citado artículo constitucional.
