Comisión de Investigación tendrá vigencia en el próximo periodo

La creación de una comisión bicameral de investigación sobre lavado de dinero y delitos conexos atribuidos al imputado Darío Messer y sus socios, aprobada en el Senado, debe ser aprobada también en la Cámara de Diputados. La misma estará vigente para el próximo periodo, según aclararon senadores consultados.

Cargando...

El proyecto de ley que crea la comisión bicameral que investigará los casos de lavado de dinero y otros delitos ventilados en medios de prensa de Paraguay, Brasil y otros países tendrá entrada en la sesión de la Cámara de Diputados del próximo miércoles y será girado a comisiones para su estudio.

En caso de existir voluntad política, el proyecto se podría tratar y aprobar en Cámara Baja la siguiente semana. A partir de ahí, resta que las mesas directivas y las bancadas en ambas cámaras se pongan de acuerdo en cuanto a quienes integrarán la comisión.

Según el proyecto, la comisión bicameral de investigación estará integrada por tres senadores y tres diputados designados por cada cámara y tendrán un plazo de 60 días para presentar un informe de su labor.

Dado que está muy cercano el fin del mandato de las actual legislatura, las autoridades del Congreso y los líderes de bancada tienen dos alternativas: designar a legisladores que hayan sido reelectos, los cuales deberán ser confirmados en el próximo periodo para seguir normalmente sus tareas de investigación.

La otra posibilidad es que se postergue la designación de quienes integrarán la comisión hasta la próxima legislatura, para no interrumpir la investigación con el cambio de los nuevos legisladores.

Constitución

El artículo 195 de la Constitución prevé la creación de las comisiones bicamerales de investigación al señalar “Ambas Cámaras del Congreso podrán constituir comisiones conjuntas de investigación sobre cualquier asunto de interés público, así como sobre la conducta de sus miembros”. 

El artículo señala también que los directores y administradores de los entes autónomos, autárquicos y descentralizados, los de las entidades que administren fondos del Estado, los de las empresas de participación estatal mayoritaria, los funcionarios públicos y los particulares están obligados a comparecer ante las dos Cámaras y suministrarles la información y las documentaciones que se les requiera. 

No podrán ser investigados el presidente y vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo y los magistrados judiciales.

Enlance copiado
Content ...
Cargando ...