Convención del PLRA definirá si ratifica la alianza o se vuelca a una concertación

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La Convención del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) se congrega este sábado para definir si ratifican la figura de la alianza o apuestan a una concertación, que plantea el llanismo. El abogado electoralista Carlos María Ljubetic explica las diferencias entre ambas figuras electorales.

El abogado electoralista sostiene que la figura de la alianza electoral dura solamente hasta que se proclame la elección y que luego cada partido es independiente a diferencia de la concertación que tiene vigencia de cinco años de mandato.

Esta última figura es utilizada por la concertación Frente Guasu y la concertación Avanza País, que aglutinan a varios sectores.

Ljubetic menciona que una alianza es exclusiva para los partidos políticos, mientras que la concertación puede incluir no solamente a los partidos políticos, sino también a los movimientos.

La alianza no tiene autoridades, los partidos políticos que la integran definen las acciones. Mientras que una concertación tiene a sus propias autoridades y conforma una Comisión Ejecutiva y un propio Tribunal Electoral.

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La alianza se puede aprobar por una convención extraordinaria, a diferencia de la concertación que puede realizarse en cualquier asamblea, según Ljubetic.

Mecanismo

Lo más trascendente de ambas figuras según Ljubetic es en cuanto al mecanismo de elección. En una alianza los partidos que la integran ya acuerdan previamente los cargos de distribución, es decir se impone la chapa presidencial y los candidatos participan en una sola lista, a diferencia de una concertación donde participan todos los candidatos que quieran, se juntan los padrones partidarios de quienes concertan y pueden votar personas no afiliadas.

En la concertación según el abogado electoral se realiza una sola elección. Tanto en la alianza como en la concertación pueden acordar la distribución de los subsidios y aportes. También deben establecer cómo van a sustituir a los suplentes en caso de ausencias o fallecimiento de la persona que ocupa la titularidad.

En cuanto a las ventajas, Ljubetic resalta que con la concertación es más fácil llegar porque se somete a la voluntad popular, sin necesidad de que alguien tenga que renunciar a un cargo.

Mencionó que no existe experiencia de concertación para unas elecciones presidenciales, sí para elecciones municipales en algunos distritos del interior del país.