La Corte debe definir casos de acceso a la información

La Corte Suprema de Justicia deberá definir dos casos que delinearán el derecho de acceso a la información pública. En el primero, debatirán sobre la forma de recurrir en caso de negación; y en el otro, sobre la gratuidad.

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El caso de Daniel Vargas contra el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y el del periodista de ABC Color Juan Carlos Lezcano Flecha contra la Contraloría General de la República (CGR) son los dos casos en materia de acceso a la información pública que deben ser resueltos por la Corte Suprema de Justicia, luego de que la máxima instancia judicial decidiera dar trámite a sendas acciones de inconstitucionalidad planteadas en ambos expedientes.

“Estos casos definirán el futuro del derecho de acceso a la información pública y es la Corte Suprema la que tiene la palabra”, señaló el abogado y director del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA), Ezequiel Santagada.

Es que en un caso, el de Daniel Vargas, la Corte Suprema deberá definir sobre la gratuidad del derecho de acceso a la información pública. En el otro, en el de Lezcano, tendrá que definir si la vía del amparo, la forma más rápida y barata de juicio en el sistema judicial paraguayo, seguirá siendo la forma en la que los ciudadanos pueden recurrir ante la justicia cuando los funcionarios públicos nieguen información pública.

Gratuidad o no 

Hace unos días, la Corte decidió dar trámite a la acción de inconstitucionalidad planteada por Daniel Vargas Téllez, excandidato a diputado por el departamento Central, contra los fallos judiciales en dos instancias en los que no solo le negaron acceder a información pública, sino que también lo obligan a pagar las costas del proceso a los abogados del TSJE.

Vargas había presentado en mayo del año pasado una solicitud de acceso a la información pública en la que pedía que el TSJE le entregara copias de cada uno de los tres sobres de actas electorales de las mesas de votación de los 21 locales habilitados en la ciudad de San Lorenzo.

La petición fue respondida fuera de tiempo por la institución y nunca le entregaron la información requerida.

El tribunal de alzada no solo denegó la información solicitada por Vargas, sino que también lo ha condenado a pagar las costas de primera y segunda instancias sin presentar un solo argumento.

Por otra parte, el miércoles anterior se cumplió un año de la histórica sentencia del juez Rubén Riquelme, en la que obligaba a la CGR a hacer públicas las declaraciones juradas de las más altas autoridades paraguayas de las últimas dos décadas. Un año después, la sentencia sigue sin ser cumplida por la CGR y se dilata en la Corte.

Benítez Aldana también niega

El contralor Camilo Benítez Aldana se mantiene apegado a la línea de su predecesor en el cargo y no revelará las Declaraciones Juradas de las más altas autoridades. Así lo señaló en reiteradas oportunidades en los últimos días. Benítez Aldana no lo quiere hacer ni siquiera con aquellos funcionarios que ya firmaron sendas solicitudes autorizando que el ente contralor libere sus datos. Benítez Aldana asumió la Contraloría tras la renuncia del imputado Enrique García ante una inminente destitución vía juicio político.

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