Corte se presta a maniobra de Bogado en caso “niñera de oro”

La Sala Constitucional de la Corte se prestó a la maniobra del senador colorado Víctor Bogado, al admitir la acción de la “niñera de oro” Gabriela Quintana, quien pretende que la justicia blanquee su cobro ilegal de honorarios en Itaipú, donde percibía G. 8 millones mensuales, sin cumplir funciones.

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El 20 de setiembre de 2017, Quintana promovió bajo el patrocinio del abogado Ricardo Zárate una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 2° de la Ley 700/96, que también incluye a los empleados de las binacionales en la categoría de funcionarios públicos. Alegó que viola el artículo 137 de la Constitución, que dice que los tratados internacionales son superiores a las leyes y que los mismos dicen que los funcionarios de Itaipú no son funcionarios del Estado paraguayo ni del Brasil.

Llamativamente y a puertas de un juicio oral y público a Quintana y al senador Bogado por estafa y cobro indebido de honorarios, los ministros Antonio Fretes y César Garay Zuccolillo votaron por la admisión de la acción de la “niñera de oro” un año y tres meses después de la presentación del escrito. Este hecho fortalece la sospecha de que la máxima instancia judicial quiere dictar un fallo a medida del legislador colorado, para que el mismo pueda usarlo en su juicio. 

La ministra Gladys Bareiro votó por el rechazo “in limine” de la acción. 

Para el 15 y 16 de abril de este año, los jueces Víctor Medina, Elio Ovelar y Juan Carlos Zárate, adelantaron el juicio oral a Bogado y su “niñera de oro”, a pedido de los fiscales Liliana Alcaraz y René Fernández.

La pretensión de la defensa de Quintana es que la Corte haga lugar a la inconstitucionalidad de la ley atacada, fallando que los empleados de Itaipú no son funcionarios públicos. En consecuencia, esta sentencia sería presentada en el juicio oral para alegar que no hubo hecho punible, debido a que no se dio el cobro indebido de honorarios como dice la fiscalía en su acusación.

Sin embargo, hay que destacar que en su acusación el Ministerio Público refiere que el cobro indebido se dio porque Quintana no cumplía funciones. Es decir, que percibía salario de la binacional sin ir a trabajar.

En el caso del senador Bogado, la fiscalía refiere que el legislador, a sabiendas de que la “niñera de oro” no iba a poder cumplir funciones en Itaipú, la mandó a contratar. Quintana era funcionaria de la Cámara de Diputados y eso el legislador lo sabía perfectamente. Es por eso que el Ministerio Público señala a Bogado como autor del hecho punible de estafa en perjuicio a Itaipú y cómplice del cobro indebido de honorarios.

Gabriela Quintana era funcionaria nombrada en Diputados con un salario de G. 13 millones mensuales y fue contratada en la binacional con una remuneración de G. 8 millones, de acuerdo a las pruebas de la carpeta fiscal.

Posturas de ministros

Para el ministro Fretes, la acción de Quintana debía ser admitida, “porque justificó concretamente la lesión constitucional alegada” y citó las normas que considera fueron vulneradas.

El ministro Garay refirió que no había necesidad que la admisión de saque a través de un Auto Interlocutorio (A.I. 3163 del 28 de diciembre de 2018) y que lo podía hacer el presidente de la Sala mediante una providencia en la cual se corre vista a la Fiscalía General del Estado.

Finalmente, Garay terminó votando por la admisión de la acción “con estrictas sujeciones a las disposiciones legales...”.

Por su parte, la ministra Bareiro refirió que corresponde rechazar “in límine” la acción de Quintana, ya que no era la vía adecuada. Explicó claramente su postura que será desarrollada en la edición de mañana de ABC y fortalece la sospecha de que hubo maniobras, para que se admita la acción de la “niñera de oro”.

Bogado y Quintana deben afrontar juicio oral y público. El primero por estafa (autor) y cobro indebido de honorarios (cómplice).

La contratación de la “niñera de oro” en Itaipú, en donde era planillera, le causó a la binacional un perjuicio de G. 71 millones.

El caso está a cargo de los fiscales Liliana Alcaraz y René Fernández, quienes deben sostener la acusación en la audiencia pública.

En el proceso está incluido el exjefe de gabinete Miguel Ángel Pérez.

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