Cuestionan la sanción a Payo

El senador liberal efrainista Víctor Ríos opinó que la sanción a su colega Paraguayo Cubas (Cruzada Nacional) es inconstitucional, porque no está definido en el reglamento qué es considerada una inconducta. En ningún documento de la Cámara de Senadores consta el motivo específico por el cual fue sancionado Cubas, según el Sistema de Información Legislativa. Solo se argumenta la aplicación del Art. 190 de la Constitución.

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La iniciativa de castigar por 60 días sin goce de dieta a Payo surgió del senador Juan Carlos Galaverna (ANR, Añeteté) luego de que Cubas tratara de ladrón al titular del Senado, Silvio “Beto” Ovelar (ANR, Añetete), por no hacer cumplir el reglamento y dejara sin castigo a legisladores ausentes en las sesiones.

En este contexto, el senador Ríos señaló ante nuestra consulta que es inconstitucional dicha suspensión, “porque no está reglamentado el artículo 190 de la Constitución Nacional (CN)”. Según Ríos, existía un reglamento interno en el que se especificaba cuáles eran los hechos calificados como inconducta dentro de la institución y grande fue su sorpresa cuando recibió la información de que tal reglamentación no existía.

“Yo estaba convencido que había un reglamento, y en plena sesión en la que ya se estaba estudiando la sanción a Payo, le pido al secretario de la Cámara (que me diga) cuál es el número de resolución de nuestro reglamento. Y me dice él: mire senador que no existe ese reglamento (...). Y me sorprendió, por eso yo sostuve que era inconstitucional porque nunca se reglamentó ese artículo de la CN”, alegó.

Recordó que la Corte Interamerciana de los DD.HH. “dijo en varias ocasiones que en todos los casos en que vos le vas a aplicar una sanción a alguien, previamente se tiene que definir claramente”.

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