Cultivo de marihuana para uso medicinal se trata hoy

El diputado Víctor Ríos (PLRA), autor del proyecto de ley que planteaba la despenalización de la marihuana para uso y consumo medicinal, declaró ayer que en la Comisión de Ciencias y Tecnología consensuaron modificar el texto original e incorporar el autocultivo del cannabis para uso medicinal.

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Ríos mencionó que no pueden seguir postergando el tratamiento del proyecto por una cuestión medicinal, pues hay mucha gente que necesita de ese tipo de medicinas que derivan de la marihuana. “Creo que es espantosa esa situación. Desde el punto de vista medicinal hay un requerimiento importante por la despenalización de este tema. Ello facilitará a mucha gente calmar su dolor”, manifestó.

El proyecto de ley modificado por la comisión de Ciencias y Tecnología plantea los cambios de los artículos 30 y 33 de la Ley 1.340/88. Se trata hoy a partir de las 14:00.

El texto establece que la persona que tuviere en su poder la sustancia del cannabis, por prescripción médica o aquella a quien represente legalmente estará exento de pena. En caso de que la cantidad fuere mayor a la recetada para uso medicinal se le castigará con 2 años o multa. 

Será de uso exclusivo para la persona afectada por dolencias tratables con cannabis medicinal cuya cantidad será determinada por el médico tratante. Establece que en el caso de la marihuana no sobrepasará 10 gramos y los 2 gramos en el de la cocaína y heroína.

Con relación al autocultivo menciona que quien sembrare, cultivare, cosechare o recolectare plantas que sirvan para la fabricación de sustancias estupefacientes o drogas peligrosas y el que proporcionare dinero, inmueble, semillas o cualquier otro elemento para ello, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa.

La norma también propone que en el caso del cannabis, estará exenta de pena la persona que padezca dolencias tratables con cannabis medicinal, debidamente certificado por el médico tratante, o su representante legal, para su exclusivo uso medicinal siembre, cultive, coseche y realice cualquier tipo de procesamiento posterior, siempre que sea efectuada en el domicilio o en otro ámbito privado y cerrado especialmente destinado al efecto. Se podrá poseer, importar, exportar y comercializar semillas para realizar el cultivo para exclusivo uso medicinal.

Por su parte, el diputado Éber Ovelar (ANR, disidente) considera que si se tiene al Estado como garante de la producción y la utilización medicinal del cannabis no habría problemas.

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