Diputado plantea ley para castrar a violadores

El diputado Édgar Ortiz (PLRA, llanista) por medio de un proyecto de ley propone la castración química de todos los condenados por casos de abuso sexual contra menores de edad. Plantea la creación de un departamento de castración, que dependa del Ministerio de Salud. La norma será girada este miércoles a comisiones para su estudio.

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Por medio de la modificación de varios artículos de la Ley N° 1160/1997 del Código Penal, Ortiz plantea el castigo con la aplicación de la castración química como medida de seguridad en determinados hechos punibles cometidos contra la autonomía sexual conta menores de edad (18 años).

La castración química será aplicada para: el que mediante fuerza o amenaza con peligro presente para la vida o la integridad física, coaccionara a otro a padecer en su persona actos sexuales, o a realizar tales actos en sí mismo o con terceros, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 10 años.

Cuando la víctima haya sido violada o coaccionándola al coito con el autor o con terceros, la pena privativa de libertad será de 3 a 12 años.

También se aplicará la castración química cuando la víctima del coito haya sido un menor de 18 años de edad. Para esos casos la pena privativa de libertad será de 3 a 15 años.

El diputado plantea además que la pena y la medida de seguridad podrán ser atenuadas o prescindidas respectivamente cuando de la relación de la víctima con el autor surgieren considerables circunstancias que lo ameriten.

Ortiz menciona artículos constitucionales, de la Convención de las Naciones Unidas, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, del Código de la Niñez y Adolescencia para reforzar su propuesta ante la Cámara de Diputados.

Menciona el Art. 54 de la Constitución en cuanto a la protección del niño en el que expresa que la “familia, sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral (...) protegiéndolo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, abuso, el tráfico y la explotación (...).

También señala la Convención de las Naciones Unidas sobre derechos del niño, en su Ley N° 57/90, en el que hace especial referencia al derecho a ser protegidos de todo abuso físico, mental, sexual, descuidos, malos tratos y explotación.

Ortiz también habla de lo que expresa el Pacto de San José de Costa Rica en su Ley N° 1/89, en el que refiere que toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra injerencias arbitrarias o abusivas.

Añade que el Código de la Niñez y Adolescencia, Ley N° 1680/01, hace referencia específica sobre la protección del niño, niña y adolescente con relación a los delitos sexuales.

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