Diputados definen el salario de trabajadores domésticos

Un grupo de 45 diputados de varios sectores partidarios dejaron sin quorum la sesión ordinaria de ayer, en la que debía tratarse el proyecto de ley que eleva el salario de trabajadores domésticos del 60% al 100% del mínimo legal. Si la norma no se trata el miércoles 19, tendrá sanción automática.

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Con la ratificación de la Cámara Alta, a la Cámara de Diputados le queda aceptar el texto del Senado y sancionar la norma o ratificarse en el pago del 70% del salario mínimo vigente para los trabajadores domésticos. Esto ocurre teniendo en cuenta que la Cámara de Diputados había modificado el proyecto, para que el pago sea del 70% del salario mínimo (1.478.793 guaraníes) y no del 100 por ciento (G. 2.112.562) como plantea el texto original.

Sólo la comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados se expidió por aceptar la ratificación del Senado. Mientras que las comisiones de Legislación, Justicia, Trabajo y Previsión Social tienen dos dictámenes que por un lado recomiendan aceptar el pago del 100% del salario mínimo y por el otro el pago del 70%, modificación planteada por Diputados.

Con la aplicación de la norma se teme que exista un mayor desempleo de los trabajadores domésticos.

Pedro Halley, gerente de Prestaciones Económicas de IPS, había manifestado su preocupación por el “efecto rebote” que tendrá el reajuste salarial a favor de los trabajadores domésticos.

Con el pago del 100% la patronal tendrá que aportar al IPS el 14% del salario mínimo vigente, G. 295.758, y el trabajador doméstico el 9% del salario mínimo, equivalente a G. 190.130.

La Ley vigente N° 5407/15 establece un pago del 60% del salario mínimo para trabajadores domésticos (G. 1.267.537 mensuales), que el aporte de los mismos es de G. 114.078 (9%) y el de la patronal es de G. 177.455 (14%).

Trabajadores domésticos en general

La Ley número 5407 del año 2015 considera trabajadores domésticos a quienes se desempeñen como: choferes del servicio familiar, amas de llave, mucamas, lavanderas y/o planchadoras en casas particulares, niñeras, cocineras de la casa de familia y ayudantes; jardineros en relación de dependencia y ayudantes; cuidadores de enfermos, ancianos y minusválidos, mandaderos y trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar.

Empleo parcial de trabajadores

La Cámara Baja tampoco pudo tratar por falta de quórum el proyecto de ley con media sanción que regula el empleo a tiempo parcial para empleadores y empleados del sector privado. Contempla el pago del seguro social. Se establece que la actividad laboral será considerada parcial cuando el horario exceda las 32 horas semanales.

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