Ejecutivo envía al Senado nota reversal firmada hace 9 meses

El Poder Ejecutivo remitió ayer al Senado la Nota Reversal Nº 2/17 de Yacyretá, suscrita entre Paraguay y Argentina el 28 de septiembre de 2017. De ser aprobada en el Congreso, regirá hasta el 2048, es decir, se esperarán 30 años para tratar la libre disponibilidad de energía.

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Casi 9 meses después de haber suscrito los cancilleres de Paraguay y de Argentina la nota reversal que establece el “reordenamiento financiero” de la represa de Yacyretá, ayer el Poder Ejecutivo remitió el documento a la Cámara de Senadores, para su análisis y aprobación.

El documento se basa en el Acta de Entendimiento que firmaron el presidente Horacio Cartes y su colega argentino Mauricio Macri el 4 de mayo de 2017, y que fue cuestionada por referentes del sector eléctrico local.

En dicha acta se realizaron unas modificaciones muy pequeñas al actual tratado en lo referente al valor de la compensación por cesión de energía (20% de ajuste), a la fórmula para la determinación de territorio inundado y la venta de energía en vez de potencia, según las críticas.

Sin embargo, el texto de la nota reversal de septiembre último no fue divulgado, fue celosamente guardado, pero algunos parlamentarios opositores y técnicos privados obtuvieron algunos datos. Por ejemplo, en el numeral IX del documento diplomático, firmado por los ministros de Relaciones Exteriores de nuestro país y de la Argentina, Eladio Loizaga y Jorge Faurie, establece: “Las disposiciones del presente anexo serán revisadas a los 30 años, contados a partir del 1 de enero de 2018 (...)”.

Entonces, recién en 2048 el Paraguay podrá discutir nuevamente con Argentina acerca de la libre disponibilidad de la energía de la represa que le corresponde, para comercializarla según los valores de venta que rigen en el mercado regional.

El ministro Faurie había dicho que el acuerdo suscrito sobre Yacyretá debe constituirse en la plataforma de lanzamiento de nuevos emprendimientos binacionales. No especificó a qué iniciativas se refería, pero la ciudadanía entendió que son la cuestionada central hidroeléctrica de Aña Cua, en territorio paraguayo; además de Corpus, aguas arriba de las ciudades de Encarnación y Posadas, y a Itacorá/Itatí, el embalse de compensación que prevé el Tratado, que también puede convertirse en hidroeléctrica.

Justamente, en abril último se inició en Buenos Aires el concurso de ofertas para la construcción de la central hidroeléctrica del brazo Aña Cua de Yacyretá, en el río Paraná.

Interpelación

Cabe recordar también, que el Senado paraguayo aprobó el 10 de mayo último la interpelación al canciller Eladio Loizaga en fecha 12 de junio (martes próximo), por la supuesta violación constitucional al no enviar al Congreso el convenio firmado con Argentina para la construcción del brazo Aña Cua, sin contar con el permiso previo del Parlamento.

El senador por Avancemos País, Miguel López Perito, expresó en dicha ocasión que Loizaga deberá explicar cómo Yacyretá puede financiar aquella nueva represa, que costará US$ 610 millones de “fondos propios”, teniendo en cuenta que el tratado binacional establece que cada año todo lo recaudado por la represa se reparte entre los países propietarios.

Además, al ministro se le preguntará sobre qué sentido tiene que el Estado paraguayo acepte la imposición argentina de hacer las obras de Aña Cua para que la nación vecina tenga más energía, sin antes poner en plena vigencia al tratado de Yacyretá en lo referente a la libre disponibilidad de energía, compensación por cesión según criterios de mercado, deuda cero desde el 2014, pago al contado de las compensaciones, etcétera.

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