El 30 de junio juran los nuevos legisladores

Este artículo tiene 6 años de antigüedad

De acuerdo a lo establecido por la Constitución y los reglamentos internos de ambas cámaras, el sábado 30 de junio se reunirán en sus respectivas salas de sesiones los senadores y diputados electos para la ceremonia de juramento, presidida por los respectivos presidentes salientes.

Según establece el artículo 189 de la Constitución, los legisladores prestarán juramento o promesa de desempeñarse debidamente en el cargo y de obrar de conformidad con lo que prescribe la Carta Magna.

Posteriormente, procederán a elegir a sus nuevas autoridades, presidente y vicepresidente, por mayoría absoluta de votos, 23 en el Senado y 41 en Cámara de Diputados.

Ambas cámaras deberán reunirse conjuntamente al día siguiente, 1 de julio, para recibir lo que será el último informe de gestión del presidente Horacio Cartes, en caso de que siga al frente del Ejecutivo o de su sucesor o sucesora, en caso que haya renunciado.

El anuncio del titular del Senado Fernando Lugo (FG) de que no convocará “a quienes no podían ser candidatos” puede ser un motivo de fuerte conflicto.