En Diputados estudian proyecto que busca censurar encuesta electoral

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Un proyecto de ley que pretende censurar la encuesta electoral y dejar bajo exclusivo control del TSJE la elaboración de encuestas encaradas por empresas privadas, restringiendo así su publicación, está a punto de ser sancionado en el Congreso. Una comisión de Diputados analiza esta mañana la iniciativa.

El proyecto de ley “que regula la realización y divulgación de encuestas electorales, para cargos de elección popular y referéndum” está siendo analizado actualmente en la Cámara de Diputados y ya tiene media sanción de la Cámara de Senadores. Para hoy a las 09:30 se prevé una reunión entre las comisiones de Legislación, Asuntos Constitucionales y las encuestadoras para analizar la normativa.

La propuesta legislativa establece como norma que todas las empresas que pretendan realizar consultas en el marco de un proceso electoral deberán estar inscriptas en el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) al menos 30 días antes de la fecha de oficialización de los candidatos. Dicha inscripción deberá renovarse antes de cada acto eleccionario. Las empresas que no se encuentren inscriptas no podrán difundir por ningún medio sus trabajos durante el periodo de campaña electoral.

Señala además que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación o difusión de la encuesta de opinión sobre intención de voto en un medio de comunicación, la encuestadora deberá entregar a la Justicia Electoral el resultado de la encuesta con la ficha técnica, incluyendo la base de datos de las respuestas obtenidas de cada persona encuestada, en formato digital. Ninguna empresa podrá realizar encuesta vía telefónica, radio, televisión, por internet o cualquier otro medio que no sea presencial.

En el mismo plazo, las encuestadoras deberán también publicar el informe de resultados de la encuesta de opinión sobre intención de voto realizada, en su portal de internet. Agrega que se deben respetar los límites establecidos en la ley (15 días antes de las elecciones, Art. 305 del Código Electoral) y la Justicia Electoral verificará que los datos publicados y difundidos por los medios de comunicación correspondan a los que las encuestadoras les proveyó.

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La infracción a las disposiciones contenidas en esta ley será sancionada por la Justicia Electoral, con multa de 10 a 200 salarios mínimos legales vigentes (entre 21.120.000 y 422.400.000), según la gravedad de la falta impuesta tanto al medio de comunicación como a quien encomendó o financió la realización de la encuesta.

El proyecto de ley viola el Art. 26 de la Constitución, que garantiza la libre expresión y la libertad de prensa, del pensamiento y la opinión, sin censura alguna. Acota que el Congreso “no dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja”.

Liberales y Frente Guasu

El proyecto de ley fue presentado por los liberales Fernando Silva Facetti, Enzo Cardozo y Zulma Gómez en julio del 2017, y fue unificado a otra propuesta presentada por los legisladores del Frente Guasu Carlos Filizzola, Sixto Pereira, Hugo Richer, Fernando Lugo y Esperanza Martínez en mayo del 2018. Se aprobó en el Senado en julio pasado.