Duarte aclara que el documento que dice que los archivos de audios no poseen alteración como eliminación, adicción de secciones al efecto de la edición, no es una pericia, sino tan solo un informe preliminar para hacer la pericia propiamente dicha.
“Ese informe no abarcó el análisis de la base de datos original que requiere autorización del propietario, que es la empresa Rlink. O sea, lo que hicieron fue analizar el backup sin puntos de pericia ni preguntas lógicas como por ejemplo, cómo se explica que en los 40 minutos más importantes del 1 de abril hayan disminuido los audios de comunicaciones, pero sí aumentaron las pulsaciones, ni pueden explicar cómo es que se genera el montaje de los audios a las 00:57, 25 minutos luego de que se haya disparado a Rodrigo Quintana”, agregó el profesional.
Corte destraba caso
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia destrabó ayer el expediente del crimen de Rodrigo Quintana y atraco al PLRA, al remitirlo al Tribunal de Apelación, 2ª sala, para el estudio de la recusación presentada por el abogado Francisco Carballo Mutz, defensor del oficial inspector Guido Armando Amarilla, en mayo pasado, contra el juez natural del caso.
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La Corte tenía que estudiar la impugnación presentada por José Waldir Servín contra la inhibición del camarista José Agustín Fernández, por enemistad con Carballo Mutz.
Los ministros Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera votaron en mayoría por declarar inoficioso el estudio de la cuestión planteada, en razón de que el abogado cuya intervención motivó la inhibición de dos camaristas ya renunció al caso en mayo pasado, motivo por el cual desapareció la causal de excusación. En consecuencia, el Tribunal debe quedar integrado con los doctores Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez.
La tercera integrante de la sala, la ministra Gladys Bareiro de Módica, disintió con sus colegas respecto a la integración de la sala con Delio Vera, puesto que el mismo ya se había apartado del caso. Dicha inhibición fue impugnada por su colega Agustín Lovera Cañete, pero la Corte resolvió apartar a Vera, decisión que se encuentra firme a la fecha y no puede retrotraerse.
El caso fue remitido ayer al Tribunal de Apelación, 2ª sala, para su resolución.