El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) solicitó informes para una investigación preliminar sobre la denuncia que realizó Mauro Barreto, en representación del Colegio de Abogados del Alto Paraná, contra el juez penal de garantías Amílcar Antonio Marecos y los camaristas Mirian Meza de López y Aniceto Amarilla Arévalos, por supuesto mal desempeño de funciones.
Según la denuncia, el 19 de abril se presentó ante el juzgado penal de garantías N° 2 de Ciudad del Este el abogado Ricardo Sasiain Sosa, en representación de Nancy Rafaela Romero y la Universidad Internacional Tres Fronteras (Uninter), invocando el Art. 60 del Código Procesal Civil, a interponer un amparo constitucional contra los medios de prensa RDN Resumen de Noticias, Diario Extra, Diario Vanguardia, Canal 9 y Diario Popular.
En el amparo se solicitó el cese de la difusión de imágenes, fotos y vídeos relacionados a un caso de supuesto acoso sexual sufrido por una docente de Uninter, por parte, supuestamente, del ingeniero Gustavo Duarte Ruiz Díaz, presidente del Consejo de Administración de esta universidad.
El denunciante refiere que a pesar de tratarse de un supuesto hecho punible (acoso sexual), el juez Marecos hizo lugar al amparo por Sentencia Definitiva N° 12 del 24 de mayo de 2018, prohibiendo a los demandados la divulgación, publicación, generación y/o alteración por cualquier medio visual, escrita o en versión digital, imágenes en contra de Uninter y de la señora Romero Duarte.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Barreto indica que el juez Marecos argumentó para hacer lugar al amparo que la comisión de hechos punibles son hechos “carentes de interés público como la divulgación realizada en los medios de comunicación...” y desacredita el valor constitucional de la libertad de prensa y el derecho a la información.
Posteriormente, este fallo, a pesar de censurar el derecho de los medios de prensa de publicar el video de supuesto acoso sexual, por mayoría de los miembros de la Cámara de Apelaciones de Ciudad del Este, camaristas Meza de López y Amarilla, ratificaron la resolución de Marecos, según Acuerdo y Sentencia N° 32 del 15 de junio de 2018. El tercer voto fue en disidencia.
Meza y Amarilla sostuvieron para ratificar el fallo el “derecho de autor y propiedad intelectual”, pero en el expediente no se hallan agregadas títulos de marcas relacionadas a nombre comercial, por lo que no pueden fundar su resolución en hechos no discutidos en la acción, refiere el denunciante ante el JEM.
Normas infringidas
La denuncia contra los magistrados señala que se violentaron normas de la Constitución Nacional como el derecho a informarse, la libertad de ejercicio del periodismo, entre otras.
