El juez Sosa Pasmor resolvió en la víspera admitir la imputación de las fiscalas Claudia Graciela Morys y Sussy Riquelme contra el miembro de la Justicia Electoral Ramírez Zambonini por “inducción a un subordinado a un hecho punible”.
Sin embargo, el juez penal de garantías resolvió no hacer lugar el pedido de desafuero que supuestamente debía remitirse a la Cámara de Senadores para que el ministro de la Justicia Electoral sea procesado.
El magistrado argumentó que los miembros del Tribunal de la Justicia Electoral poseen las mismas inmunidades e incompatibilidades de los magistrados, dispuestos en los artículos 273, 274 y 275 de la Constitución Nacional.
En los mencionados artículos, los magistrados solo tienen inmunidades de opinión y de arresto. No es el caso de los legisladores que tienen además impunidad de proceso. Es decir, estos necesariamente deben ser desaforados para enfrentar una causa penal.
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Ramírez Zambonini, por medio de un escrito de sus abogados Carmelo Caballero y María Angelina Luna, presentado en la víspera en el juzgado de Sosa Pasmor, se puso a disposición de la justicia.
Audiencia de medidas
El juez Sosa Pasmor convocó al ministro Ramírez Zambonini para su audiencia de imposición de medidas para el 12 de enero de 2016, a las 9:00.
El delito de inducción a un subordinado a un hecho punible, según el artículo 318, que remite al artículo 313 (cobro indebido de honorarios), ambos del Código Penal, prevé sanción de hasta dos años de cárcel o multa.
Los demás procesados
Según la imputación de las fiscalas Riquelme y Morys, la causa tiene que ver con los supuestos funcionarios de la Justicia Electoral que cobran salario del presupuesto de esta institución, sin prestar servicio.
Los supuestos planilleros que fueron imputados por cobro indebido de honorarios y uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso son Clara Haydée Silveira, Gloria María Silveira y Ana Catalina Arza. Mayra Abdo Benítez fue imputada solamente por cobro indebido de honorarios.
Modesto Núñez, por expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso y cobro indebido de honorarios; Víctor Báez Alfonso por expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso y cobro indebido. María Isabel Quintana por expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso y cobro indebido de honorarios. Christian Bogado, por uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso y cobro indebido, y Manuel Radice por uso de certificado falso y cobro indebido.
